REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOLÍVAR Y PUNCERES DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.

MOTIVO: CONVENIMIENTO DE OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

EXP. Nº 499-2010.


Visto el CONVENIMIENTO DE OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, acordado por los ciudadanos RAMON ANTONIO MALAVE BRITO y ROSELIS DEL VALLE MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, Identificados con las cédulas Nros 11.444.548 y 10.878.495, respectivamente y de este domicilio, a favor de su hija BARBARA VALENTINA MALAVE MARQUEZ; donde el Oferente ciudadano RAMON ANTONIO MALAVE, expuso: “PRIMERO: Sigo Se compromete en asumir las Obligaciones con su hija BARBARA VALENTINA MALAVE MARQUEZ, en la forma que venía realizando, comprometiéndose a entregar a la madre de su hija la cantidad de MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,00), para los gastos del mes de agosto de cada año SEGUNDO: Se compromete a entregar la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00), para los gastos del mes de diciembre, en este mismo acto, la Oferida antes identificada, manifestó: “Acepta la propuesta realizada por el Ofertante”. Ahora bien, observa este juzgador que las partes tienen cualidad para formular conciliaciones, que el derecho reclamado y convenido no es contrario al orden público, a la Ley ni a las buenas costumbres; y de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNA), este Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley HOMOLOGA EL CONVENIMIENO QUE ANTECEDE, se le otorga el carácter de sentencia Definitivamente Firme y Ejecutoriada, y se ordena el archivo del expediente.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Caripito, a los veinticinco (25) días del mes de Febrero del año 2011. Año 200° de la Independencia y 152° de la Federación.
El Juez Titular,


Abg. MSc. José Gregorio Guaipo Quiroz.



La Secretaria.,


Abg. Elizabeth Hernández Sifuentes.




En la misma fecha se publicó la anterior sentencia siendo las 11:00 de la mañana. Conste. Secretaria.





JGGQ/luz.
EXP. N° 499-2010.