REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL L.O.P.N.A


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal Primero de Control Sección Adolescente
Maturin, 26 de Julio de 2011
201º y 152º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2010-000202
ASUNTO : NP01-D-2010-000202


Finalizada la Audiencia Preliminar celebrada en esta misma fecha, este Tribunal pasa a decidir inmediatamente y emite el presente AUTO DE ENJUICIAMIENTO, en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 578 literal “a” y 579 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de la siguiente manera:

PRIMERO:
ADMISIÓN DE LA ACUSACIÓN

SE ADMITE en su totalidad la Acusación presentada por el Ministerio Público, ante este Tribunal, en la cual se describe el hecho objeto del juicio, describiéndose de manera precisa en la siguiente forma: ““Acta de Investigación Penal cursante al folio 01 suscrita por el funcionario Jairo Brito Siendo aproximadamente las 05:40 horas de la tarde del día de hoy 17/05/10, encontrándome de servicio de patrullaje por el sector La Pradera, fuimos abordados por una ciudadana que se identificó como Aída Martínez Bolívar, informando que una ciudadana conocida como Yoleida Romero y su hijo IDENTIDAD OMITIDA, se habían dado a la tarea de publicar fotografías a través de un teléfono de color verde manzana y blanco, en las cuales su sobrino ANTHONY CHACON MARTINEZ estaba siendo violado, señalando a dos personas que en ese momento se desplazaban a pie por la misma calle, … la persona de sexo masculino trató de esconder entre sus prendas…, optando a abordarlos corroborando que se trataba de un equipo móvil celular, cuya propiedad no pudieron demostrar los precitados ciudadanos, procedimos a revisar el archivo fotográfico del equipo, encontrándose varias fotografías.., y se observaba a una persona de sexo masculino en actos sexuales con otra persona del mismo sexo”

SEGUNDO
IDENTIFICACION DE LAS PARTES

ACUSADO: IDENTIDAD OMITIDA

FISCAL 10° (A) DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. MARIA TERESA GUEVARA con Competencia en el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Estado Monagas.
DEFENSA: ABG. MIGDALIS BRITO, Defensor Público Primero Especializado
VICTIMA: Aída Rafaela Martínez Bolívar.

TERCERO:
CALIFICACIÓN JURÍDICA

En cuanto a la calificación jurídica, la misma se mantiene quedando como DIFUCIÓN O EXHIBICIÓN DE MATERIAL PORNOGRÁFICO, previstos y sancionados en el artículo 23 de la LEY CONTRA LOS DELITOS INFORMATICOS, por cuanto la conducta desplegada por el imputado encuadra dentro de las previsiones de la citada norma las cuales guardan relación con lo señalado en las narrativas de los diferentes hechos.

CUARTO:
RESPECTO A LAS PRUEBAS

En lo que respecta a las pruebas presentadas por la Representación Fiscal se ADMITEN en su Totalidad, las señaladas en el Literal H llamado Ofrecimiento de las Pruebas del escrito de acusación, por ser estas necesarias, útiles y pertinentes, debiendo ser debatidas en Juicio Oral y Privado a los fines de establecer la verdad de los hechos investigados y objeto de este proceso. En base al Principio de la Comunidad de las pruebas, se hacen de la Defensa la Pruebas promovidas por la Representación Fiscal, siempre y cuando favorezcan a su representado. Se deja constancia que la defensa no promovió prueba.

QUINTO:
PROCEDENCIA, RECHAZO O SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR

En cuanto a la solicitud realizada por la Representación Fiscal, y por la defensa de que se Mantenga al acusado IDENTIDAD OMITIDA la Medida Cautelar prevista en el literal C del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal MANTIENE la MEDIDA CAUTELAR impuesta al momento de ser oído, en consecuencia deberá continuar cumpliendo con el régimen de presentaciones cada TRENTA (30) Días en el Departamento de Servicio Social de este Circuito Judicial Penal, aún cuando en este momento ha sido de imposible cumplimiento por cuanto el adolescente se encuentra privado de su libertad por ante el Tribunal Primero de Juicio de esta sección de Adolescentes, y una vez que se le llegaré a sustituir la medida privativa de libertad deberá continuar con sus presentaciones, medida esta que se impone a los fines de garantizar las resultas del juicio, y comparezca a los actos subsiguientes.

SEXTO:
INTIMACION A COMPARECER A JUICIO Y ORDEN DE REMISION DE LAS ACTUACIONES.
Se intima a todas las partes para que en un plazo común de CINCO (05) DÍAS acudan al Tribunal de Juicio, plazo que se contará a partir de la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal en referencia. Se ordena la remisión de la presente causa al Tribunal de Juicio. En Maturín a los Veintiséis Días del mes de Julio de 2011.-
LA JUEZ PRIMERA DE CONTROL,

ABG. LILIAM LARA ANDARCIA.

LA SECRETARIA,

ABG. MAIGUALIDA INAGA.-