REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, Veintiséis de Julio de Dos Mil Once
201° y 152°
En virtud de que fui designada Jueza Temporal de este Juzgado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, es por lo que me avoco, al conocimiento de la presente causa, en el estado en que se encuentra. Y visto el anterior escrito suscrito en fecha 21 de Julio de 2011, por la ciudadana CARMEN ELIZABETH NUNZIATA QUINTANA, actuando con el carácter de autos, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio ARGENIS VILLANUEVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.759, mediante el cual entre otros pedimentos solicita que por cuanto la protutora MARIA TERESA NUNZIATA QUINTANA, en forma verbal ha manifestado su disposición de no continuar ejerciendo dicho cargo, y considera además que dicha ciudadana no debe continuar con el cargo, y propone que sean designadas las ciudadanas ELIANA JOSEFINA MOROS NUNZIATA y VICTORIA DEL VALLE MOROS NUNZIATA, como protutora y miembro del Consejo de tutela, respectivamente una vez revocada del cargo como miembro del Consejo de Tutela a la ciudadana LUCIA DEL CARMEN NUNZIATA QUINTANA, en virtud de que la misma no se encuentra domiciliada en el lugar o domicilio de la entredicha ANA MARIA NUNZIATA QUINTANA, este Tribunal niega tal pedimento, en virtud de que no consta en autos, que la protutora MARIA TERESA NUNZIATA QUINTANA, haya manifestado por escrito su disposición de no continuar ejerciendo dicho cargo, y en relación a la revocatoria del cargo como miembro del Consejo de Tutela de la ciudadana LUCIA DEL CARMEN NUNZIATA QUINTANA, este Tribunal niega el mismo, en virtud de que cuando fue realizada dicha designación nadie hizo objeción alguna, ni apeló de tal designación Y así se decide.-



ABOG. YOHISKA MUJICA LUCES
JUEZA TEMPORAL
LA SECRETARIA,

ABG. RONY LUZ MARIÑO HERNANDEZ
EXP/26.686
tula