REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 16 de Julio de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2011-001892
ASUNTO : NP01-S-2011-001892


URGENTE
OFICIO: 1CV-2134-11
Ciudadano:
Inspectora María Abrinis
Jefa de Investigaciones Penales
De la Policía del Estado Monagas.
Su Despacho.-


CON ATENCIÓN AL INSPECTOR ZAPATA. Y/O JEFE DEL RETÉN POLICIAL


Me dirijo a usted, en la oportunidad de participarle que este Tribunal mediante decisión de esta misma fecha acordó Declinar la Competencia en la presente causa que se instruye contra el ciudadano: JHON QUENIRE USECHE CARRILLO, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.887068, debiendo ser traslado por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, delegación de Maturín, estado Monagas, hasta el Primer Circuito Judicial Penal de Cumana Estado Sucre. Dicho traslado deberá de realizarse con las seguridades del caso, a los fines de salvaguardar sus derechos, tanto su integridad física como su vida, con fundamento en lo preceptuado en el Articulo 43 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Asimismo se le hace de su conocimiento que el referido imputado deberá de permanecer recluido en las instalaciones de la Policía del Estado, hasta tanto se haga efectivo el traslado por parte de los funcionarios comisionados para tal fin. De igual forma se le notifica que el Dr. Ernesto Gardier, Médico Forense se trasladara hasta esas instalaciones a los fines de realizarle examen Médico legal al referido imputado en virtud de que presuntamente tiene lesiones; Asimismo. Este Juzgado extiende una Orden Abierta para que sea llevado al HOSPITAL CENTRAL DR. MANUEL NUÑEZ TOVAR DE MATURIN, hoy sábado 16 julio 2011, a las 6:00 horas de la tarde y las veces que sea necesario, y de ser medicado por el médico tratante, queda bajo la responsabilidad de ese cuerpo policial que mantiene su custodia en garantizar que el ciudadano JHON QUENIRE USECHE CARRILLO, se le pasen los medicamentos recetados, en tal sentido se les agradece su valiosa colaboración para que el detenido se pueda mantener en un sitio sólo de las instalaciones del retén, con la finalidad de que no sea golpeado por otros internos, hasta tanto se materialice su traslado a la ciudad de Cumaná, estado Sucre , e informarme acerca de los resultados de esas evaluaciones y diligencias aquí encomendadas, a través del número telefónico 0414 8696570 así como remitirlas a este Juzgado de inmediato
Participación que se le hace a los fines legales consiguientes.
La Jueza,


ABGA. IVIS JOSEFINA RODRIGUEZ CASTILLO