REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 30 de Junio de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-008332
ASUNTO : NP01-P-2010-008332



Corresponde a este Tribunal pronunciarse en relación a la presente causa, en la cual el 09 de Junio del 2011 se inició el JUICIO ORAL Y PUBLICO que sigue la Fiscalía Sexta del Ministerio Público en contra del Acusado; MAYKEL ALEXANDER BARBOA MEDRANO observándose al respecto:

Llegada la fecha del Juicio, se constituyó el Tribunal de manera Unipersonal, pero siguiendo las reglas del procedimiento Ordinario

Por lo que se realizó la apertura de ley de conformidad con el artículo 344 del Código Orgánico Procesal Penal, y luego de cumplir con todas las formalidades el ciudadano fiscal del Ministerio Publico Presento acusación en contra del acusado; MAYKEL ALEXANDER BARBOA MEDRANO; Por la comisión del Delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN CANTIDADES MENORES, TIPIFICADO EN EL SEGUNDO APARTE DEL ARTICULO 149 DE LA LEY DE DROGA en Perjuicio del Estado Venezolano, posteriormente la defensa alego el principio de inocencia consagrado en la Constitución y las Leyes a favor de su representado; se le cedió la palabra al acusado imponiéndole el Amparo que le brinda el del Articulo 49 Ordinal 5 de nuestra Carta Magna; quien manifestó al tribunal me acojo al precepto constitucional luego se le comunica del procedimiento especial por admisión de hechos de conformidad con lo previsto en el Artículo; 376 del Código Orgánico Procesal Penal y el acusado manifestó a viva voz al tribunal no deseo declarar ni admitir los hechos. una vez escuchadas las intervenciones de las partes el tribunal declaro Abierta la resección de Pruebas preguntándosele a la secretaria si habían medios de pruebas para evacuar el día de hoy contestando la ciudadana secretaria; Ciudadano Juez para el día de hoy no existe ningún medio de prueba por lo que este Tribunal Suspendió la Audiencia para continuar el día 22 de Junio a las 09: 15 de la mañana; fecha en la cual no comparecieron los Instrumentos de Prueba ni el Acusado producto de la huelga carcelaria se verifico en los libros de traslados de detenidos en horas de la mañana y la Tarde y se deja constancia que el Acusado no comparecieron nos comunicamos con el Alguacil quien suministro a este Tribuna la relación de Traslados que es llevado por el departamento de Alguacilazgo de fecha 22 de Junio y se observa que el acusado; MAKEL ALEXANDER BARBOA, no fue trasladado; posteriormente el Ciudadano Juez Presidente del Tribunal Segundo de Juicio Procedió a realizar llamada telefónica al Director del Internado Judicial de Monagas para que explique los motivos que impidieron el traslado del acusado; MAYKEL ALEXANDER BARBOA MEDRANO; hasta este recinto y quien manifestó que los internos se negaron a salir en apoyo a las huelgas carcelarias que viven actualmente algunos Centros Penitenciarios en apoyo al Rodeo I Y II.

En razón de ello, este Tribunal fija nuevas fechas para evitar la interrupción el Martes 28 Décimo día y Miércoles 29 Undécimo día del mes de Junio del año en curso para que el acusado comparezca al desarrollo de su Juicio Oral y Publico y quien no acudió hasta las instalaciones de este Circuito Judicial Penal por los mismos motivos narrados anteriormente y como para el día 29 de Junio del 2011 han Transcurrido Undécimo (11) días sin que se reanudara el JUICIO ORAL y Publico, lo procedente y ajustado a Derecho es DECLARAR INTERRUMPIDO EL JUICIO, a tenor del artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Haciendo la consideración especial, que com
o quiera que este Tribunal Unipersonal no oyó ningún medio de prueba en nada lo imposibilita en seguir conociendo la presente causa y se fija Juicio Oral y Publico para el Día 19 de Julio 2011 a las 09 de la mañana. Notifíquese a las partes.-

EL JUEZ,


ABG. RAMON SALGAR.-

La Secretaria,

Abg. FLOR TERESA VALLES