REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL L.O.P.N.A

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia para la Responsabilidad Penal del Adolescente en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 13 de Junio de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2009-000360
ASUNTO : NP01-D-2009-000360


JUEZ SEGUNDA DE CONTROL: ABG. EDITH MAITA BERMUDEZ
SECRETARIA: ABG: ALEXIS GONZALEZ
FISCAL DÉCIMA (A) DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. YANETH RONDON
DEFENSA PÚBLICO PRIMERO EN APOYO A LA DEFENSA PUBLICA 3°: ABG. MIGDALYS BRITO
IMPUTADO : IDENTIDAD OMITIDA
VICTIMA: SIMON CASTILLO
DELITO: HURTO SIMPLE EN GRADO DE COAUTORIA

AUTO DE ENJUICIAMIENTO

Culminada la Audiencia Preliminar celebrada en esta misma fecha, este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicio en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede a publicar el contenido del Auto de Enjuiciamiento al imputado IDENTIDAD OMITIDA, conforme a lo previsto en el Artículo 578 literal “a” y 579 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de la siguiente manera.
PRIMERO:
ADMISIÓN DE LA ACUSACIÓN
SE ADMITE en su totalidad la Acusación presentada por el Ministerio Público el día 16/05/20011, donde el día 09-11-09 siendo aproximadamente las 8:00 horas de la mañana el ciudadano SIMON RAFAEL CASTILLO FIGUERA, se encontraba en su residencia ubicada en la manzana 37 Casa N° 08, de la Urbanización La Llovizna Sector Zona Industrial, cuando escucho un ruido al lado de su casa por lo que se asomo al a ventana y logro visualizar que en la puerta principal del CIBER, de su propiedad que se encuentra al lado de su residencia estaba violentada y abierta y estaban saliendo en ese momento dos sujetos los cuales se encontraban vestido de la siguiente manera: uno de ellos que vestía una camisa, tipo chemise de color negra con pantalón largo de color azul, con un bolso de color verde guindado y el otro tenia puesto una franela verde y pantalón largo de color azul quien tenia en sus manos un monitor por lo que los grito y el que tenia el monitor lo tiro a la calle y se fueron corriendo hacia la avenida principal, En ese momento venia pasando una comisión del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminasliticas Sub Delegación Maturín, a quien la victima le manifestó lo sucedió y le señalo que los sujeto iban corriendo por la manzana 31 de ese sector, la comisión acompañada de la victima salieron en persecución de los mismos dándoles alcance al que tenia el bolso verde, el cual contenía cuatro (04), teclados y cinco (05) mouse, quien quedo identificado como el adolescente IDENTIDAD OMITIDA..”,
SEGUNDO:
CALIFICACIÓN JURÍDICA

Los hechos imputados al adolescente ANGEL LUIS LARA, es el tipo penal de delito de HURTO SIMPLE EN GRADO DE COUTORIA, previsto y sancionado en el articulo 451 en concordancia con el artículo 83 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano: SIMON RAFAEL CASTILLO FIGUERA, por encuadrar los hechos observados en la fase de investigación y expuestos en el escrito de acusación dentro del calificativo jurídico antes mencionado.

TERCERO:
IDENTIFICACION DE LAS PARTES

IDENTIDAD OMITIDA
FISCAL: ABG. MARIA TERESA GUEVARA, Fiscal Décimo Auxiliar Del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Estado Monagas.
VICTIMA: SIMON RAFAEL CASTILLO FIGUERA
DEFENSA: ABG. MIGDALYS BRITO
CUARTO:
RESPECTO A LAS PRUEBAS

En lo que respecta a las pruebas que serán llevadas a juicio, este Tribunal Segundo de Control admite totalmente las pruebas promovidas por la fiscal en su escrito de Acusación literal “H” por considerarlas licitas, útiles, legales y pertinentes para el esclarecimiento de los hechos, declaraciones de Expertos, testigos, documentales. Recordándoles a las partes el Principio de Comunidad de la Prueba.
QUINTO:
PROCEDENCIA, RECHAZO O SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR

Actualmente el adolescente de auto se encuentra en libertad con una medida cautelar de la prevista en el artículo 582 literal “C” y “F” Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente con presentaciones cada TREINTA (30) días por ante el Departamento de Servicio Social de esta sede judicial y la prohibición de acercarse a la victima de auto, Se mantiene la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD por haber el mismo estar cumpliendo a cabalidad con la misma y asistido a los llamados realizados por el tribunal.
SEXTO:
REMISIÓN A JUICIO
SE ORDENA EL PASE A JUICIO de hoy adulto IDENTIDAD OMITIDA y en consecuencia se emplaza a todas las partes para que en un plazo común de cinco días concurran ante el Tribunal de Juicio correspondiente, plazo que se contará a partir de la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal en referencia. Se ordena la remisión de las actuaciones que conforman la presente causa en esta misma oportunidad al Tribunal de Juicio.
LA JUEZA,


ABG. EDITH MAITA BERMUDEZ
EL SECRETARIO


ABG. ALEXIS GONZALEZ