REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 2 de Marzo de 2011
200º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-009327
ASUNTO : NP01-P-2010-009327


Por cuanto en la presente causa en fecha 25-02-2011, se celebró la Audiencia Preliminar en el presente asunto y se ordenó la Apertura al Juicio Oral y Público, seguido al acusado FREDDY JAVIER CAMPOS OSORIO, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, se dicta el auto de apertura a Juicio el cual contiene:


Identificación del Acusado

1.- FREDDY JAVIER CAMPOS OSORIO, venezolano, natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha: 19/08/1981, de 29 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Nancy Osorio (v) y de Freddy Campos (V), titular de la cedula de identidad Nº 16.723.382, domiciliado en: Calle Santa Bárbara, Sector Alto Barbarito casa S/N, Caripito Estado Monagas, Teléfono: 0426-9821409.

De los Hechos y Motivos en Relación del acusado

“En fecha 05 de Noviembre del año 2010, a aproximadamente a las 5:10 horas de la tarde, los funcionarios Agente Darvis Reyes, Sub Comisario Luís Emilio Gutiérrez, Inspector Jefe José González, y Cabo segundo de la Policía del estado Monagas, Javier Mejias, Adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub Delegación Caripito, se encontraban realizado labores de patrullaje por la calle Principal del Sector Barbarito, Municipio Bolívar del Estado Monagas, avistando al ciudadano FREDDY JAVIER CAMPOS OSORIO quien al notar la presencia policial, mostró una actitud de nerviosismo, procediendo los funcionarios a darle la vos de alto efectuándole una revisión corporal a tenor de lo establecido en el artículo 205 del código orgánico procesal penal, logrando incautarle en sus partes intimas, un (1) envoltorio de papel de aluminio, contentivo en su interior de restos vegetales, presunta droga denominada marihuana, procediendo a su aprehensión, cabe destacar que una vez practicada la experticia botánica correspondiente, la sustancia incautada resulto ser: CIENTO ONCE (111) GRAMOS CON OCHOSCIENTOS (800) MILIGRAMOS DE CANNAVIS SATIVA (MARIHUANA)…”

Admisión del Escrito Acusatorio y Calificación Jurídica

Se admite la acusación presentada por parte del Fiscal Sexto del Ministerio Público, estando comisionada para tal acto la Fiscal Cuarta del Ministerio Público ABG. CAROLINA ROMERO en contra del ciudadano FREDDY JAVIER CAMPOS OSORIO, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en Perjuicio del Estado Venezolano, por considerar la misma ajustada a derecho y a los hechos expuestos y por estar llenos los requisitos del artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal.


Pruebas Admitidas

Se admitieron las pruebas presentadas por parte de la Vindicta Pública, en el escrito acusatorio, por considerar que fueron obtenidas de manera legal, lícita y son útiles, pertinentes y necesarias para el esclarecimiento de los hechos y la búsqueda de la verdad en el presente caso y la adhesión que hace la defensa en este mismo acto, en virtud del principio de la comunidad de las pruebas. Y se admitió la calificación dada por la representación Fiscal.

De igual forma se MANTIENE la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL, que pesa en contra del acusado FREDDY JAVIER CAMPOS OSORIO, por estar incurso en la presunta comisión del delito OCULTAMIENTO ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en Perjuicio del Estado Venezolano, en virtud que no han variado las circunstancias que motivaron la decisión dictada por el Tribunal de Control de fecha 09 de Noviembre de 2010.

Orden de Abrir el Juicio Oral y Público


Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 330 ordinal 2° Y 9, 331 del Código Orgánico Procesal Penal, admitiendo en consecuencia la calificación jurídica dada por parte de la Fiscal del Ministerio Público para el ciudadano: FREDDY JAVIER CAMPOS OSORIO, por estar incurso en la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en Perjuicio del Estado Venezolano, se emplazo a las partes para que un plazo común de cinco (5) días concurra ante el Tribunal de Juicio que ha de conocer el presente asunto.


Instrucción al Secretario

Se instruyo al Secretario de Sala a remitir las actuaciones correspondientes a la Fase Preparatoria a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de este Estado y las actuaciones correspondientes a la Fase Intermedia a la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que sea distribuido al Tribunal de Juicio Correspondiente, en la oportunidad de Legal. Asimismo se acuerdan las copias solicitadas por la defensa. CUMPLASE.-
La Jueza,


ABG. SULAY MARCANO

El Secretario,


ABG. GERMAN SALAZAR