REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 31 de Marzo de 2011
200º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2008-004401
ASUNTO : NP01-P-2008-004401

PERMISO PARA AUSENTARSE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL

Visto el escrito interpuesto por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta Sede Judicial Penal, Suscrito por el ciudadano REINALDO J. SMITH WILLIANS en la oportunidad de solicitar permiso para ausentarse del Edo. con destino al Edo-Sucre Carúpano desde el día 16-04-2011 y regresar el día 24-04-2011 acompañado de sus familiares.
Ahora bien, después de analizada dicha solicitud, y de la revisión dispensada a las actuaciones que conforman el Asunto in comento, y evidenciado como ha sido que el referido imputado cumple a cabalidad con las presentaciones impuestas por el Tribunal de Ejecución en su oportunidad aunado a que ha comparecido a los llamados de este Órgano Judicial, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA la solicitud PERMISO PARA AUSENTARSE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, al penado Reinaldo J. Smith Willians, desde el día 16-04-2011 y regresar el día 24-04-2011, considerándose Procedente lo requerido. Y así se decide. Líbrese Boleta de Notificación. Y remítase copia de lo presente a la Unidad Técnica del Sistema de Apoyo Penitenciario. Cúmplase.-
LA JUEZ.

ABG. ISPED NARANJO SUAREZ
EL SECRETARIO

ABG. MARCOS CAMPOS