REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

En horas de Despacho del día de hoy, quince de Marzo de dos mil Once, siendo las (10:00 a.m., ) día y señalado para que tenga lugar EL ACTO DE CONTESTACIÓN de demanda en el presente juicio de divorcio Ordinario 185 ordinal 2° del Código Civil, se anunció el previas las formalidades de Ley. Seguidamente se hizo presente el ciudadano: JESUS ANTONIO RODRIGUEZ ORDOSGOITTY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.370.837, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39004, de este domicilio, en su condición de Defensor Judicial de la parte demandada, el cual expone: Consigno en este acto en dos folio útiles escrito de contestación de la demanda y notificación vía ipostel de mi representada Ciudadana: MARIA RAMONA ZAMBRANO plenamente identificada en autos, el tribunal lo recibe y ordena agregar a los autos, y por cuanto la parte demandante no compareció ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial este Tribunal actuando de conformidad con el articulo 758 del Código de Procedimiento Civil declara extinguido el Proceso.- Se deja constancia de la presencia de la Fiscal Octavo del Ministerio Publico es todo.-

DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

LA SECRETARIA
RONILUZ MARIÑO.


EL DEFENSOR JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA


EL DEMANDANTE