República Bolivariana De Venezuela
Juzgado Tercero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas.-
Maturín, 01 de Marzo de 2.011.-
200° y 151°


EXP. 3192


De las partes, sus apoderados y de la acción deducida.

1. QUE LAS PARTES EN ESTE JUICIO SON:

PARTE DEMANDANTE: Sociedad Mercantil “EL MERCADO DE MAYORISTA DE MATURÍN (MERCAMAT)), Inscrita por ante el Registro Mercantil que llevaba por ante el Juzgado Segundo de primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 27 de noviembre de 1.989 anotado bajo el N° 345, folio del 112 al 120 y su vto, tomo V., quien constituyo como Apoderado Judicial al Abogado en ejercicio CESAR AUGUSTO BOADA RODRÍGUEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nª 66.243,
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil “PRODUCTOS DESECHABLES PRODEVEN, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 23 de Enero de 2008, bajo el N° 59, tomo A-2, representada por las ciudadanas YULYS FUNG WU y HEIDI NET BAUTISTA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 17.240.047 y 12.971.759.-
2. ACCIÓN DEDUCIDA: RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
3. ASUNTO: HOMOLOGACIÓN DE DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO.
Antecedentes

En fecha 08/12/2010, compareció por ante el Juzgado Segundo de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en funciones de Distribución para esa fecha el Abogado CESAR AUGUSTO BOADA RODRÍGUEZ, actúan como Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil “EL MERCADO DE MAYORISTA DE MATURÍN (MERCAMAT)), plenamente identificada, e interpuso formalmente demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, en contra de la Sociedad Mercantil “PRODUCTOS DESECHABLES PRODEVEN, C.A., representada por las ciudadanas YULYS FUNG WU y HEIDI NET BAUTISTA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 17.240.047 y 12.971.759; para que convenga o en su defecto a ello sea condenado por este Tribunal, Recayendo por distribución en este Tribunal en fecha 09/12/2010.
La demanda fue admitida en fecha 15/12/2010, tal y como consta en el folio 16 del presente expediente, en consecuencia se ordenó librar boleta de citación de la parte demandada Sociedad Mercantil “PRODUCTOS DESECHABLES PRODEVEN, C.A., en las personas de las ciudadanas YULYS FUNG WU y HEIDI NET BAUTISTA, para que comparezcan por ante este Tribunal al Segundo (2do) días de Despacho siguiente a su citación, a fin de que de contestación a la demanda.-
En fecha 16 de Diciembre del año 2010, comparece por ante este Juzgado el Abogado en ejercicio CESAR AUGUSTO BOADA RODRÍGUEZ, y manifiesta lo siguiente: “Por instrucciones recibida de su mandante a todo evento, Desiste del Procedimiento, siendo ello así, el Tribunal a los efectos de impartir la Homologación de ley, luego de estudiadas las actas procesales que conforman el expediente se pronuncia de la siguiente manera:
Se evidencia de autos que la Sociedad Mercantil “EL MERCADO DE MAYORISTA DE MATURÍN (MERCAMAT)), estuvo representada por el Abogado CESAR AUGUSTO BOADA RODRÍGUEZ, quien actúa como Apoderado Judicial tal y como consta en autos del cuaderno principal del presente expediente, a quien le fue conferida de forma expresa la facultad para la realización de dicho acto de disposición, (Desistimiento), por tanto se verifica a través de dicho instrumento la capacidad que tiene para celebrar dicho acto de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil.
En tal sentido, debe afirmar este Juzgado que las referidas circunstancias fácticas y jurídicas hacen procedente en derecho impartir la Homologación correspondiente al Desistimiento del Procedimiento realizada por el actor, puesto que se trata de derechos disponibles; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil.

Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.

Dado, Firmado en la Sala de Despacho de este Juzgado Tercero de los Municipios, Maturín, Aguasay, santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín al primer (01) días del Mes de Marzo del Año Dos Mil Once.- Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.- siendo las dos (2:00) de la tarde.
LA JUEZA TEMPORAL,

Abg. MARIA PATETE BRIZUELA.
LA SECRETARIA TEMPORAL.

En esta misma fecha siendo las 2:00 P.M., se dictó y publicó el anterior auto y se le dio cumplimiento a lo ordenado en él.

LA SECRETARIA TEMPORAL.
MPB/IRM/Ana C
Exp.: 3192