Comisión: 05603
MANUEL ANTONIO GARANTON SANCHEZ/ EVELIN MAITA, LILIANA RODRIGUEZ, BETY RODRIGUEZ Y YESENIA GARCIA.
En horas de Despacho del día de hoy 16 de Junio de 2.011, siendo las 10:00 a.m, se trasladó el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas acompañado por el ciudadano MANUEL ANTONIO GARANTON SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.880.480, debidamente asistido por la abogado en ejercicio YAMILETH SUCRE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 154.511, a los fines de practicar medida innominada por el Tribunal Comitente JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, consistente en que cesen las amenazas de desocupar el inmueble constituido por el apartamento 6D, ubicado en el edificio Melania Rosa, ubicado en la Avenida Raúl Leonis diagonal a la Escuela Técnica Industrial de la Ciudad de Maturìn Estado Monagas, y cesen las amenazas de continuar con la suspensión de los servicios básicos, de electricidad, gas, aguas, y ascensor, con motivo de Acción de Amparo Constitucional incoado contra EVELIN MAITA, LILIANA RODRIGUEZ, BETY RODRIGUEZ Y YESENIA GARCIA, venezolanos, mayores de edad, quienes pueden ser ubicadas en el Edificio Melania Rosa Torre A, apartamentos 1-D, 7-C, 7-A, y 7-C, respectivamente avenida Raúl Leoni diagonal a la Escuela Técnica Industrial de la Ciudad de Maturìn, Estado Monagas, y siendo las 10:40 a.m., se constituyó el Tribunal en lugar arriba mencionado. El Tribunal deja constancia que se encuentra acompañado por una Comisión de Efectivos de la Policía de Maturín comandada por Agente Daniel Bolívar, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.18.652.075. Acto seguido interviene la parte accionante y expone: Solicito se de cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal comitente. Es todo. Acto seguido interviene el Tribunal y expone: Constituidos en el lugar se procedió a ubicarlas, pero no se encontraban por cuanto según lo manifestado por sus familiares estaban en su horario de trabajo, razón por la cual se ordena librar boleta de notificación a las ciudadanas EVELIN MAITA, LILIANA RODRIGUEZ, BETY RODRIGUEZ Y YESENIA GARCIA, informándole la misión para la cual fuimos comisionados, líbrese boleta de notificación, las cuales serán fijadas en el domicilio de cada una de ellas y la otra en la puerta del Tribunal. Es todo. Sin más diligencias que practicar se da por concluido el presente acto dejando constancia que la practica de la presente medida no genero arancel o tasa alguna por parte de Tribunal de conformidad con lo establecido el los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 12:10 m.-
La Juez Suplente Especial


La parte accionante y Abogado Asistente
La Comisión de Efectivos

La Secretaria