REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, catorce (14) de marzo de dos mil once (2011)
200º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: NP11-L-2011-000353
ASUNTO: NH11-X-2011-000023

Vista la solicitud de medida preventiva de Embargo sobre bienes de la empresa demandada BINGO LA CASCADA C.A. efectuada por la parte demandante y los anuncios de prensa que fueron anexados al libelo de demanda mediante la cual varios extrabajadores reclaman sus derechos y exigen sus pagos y en virtud de la existencia de riesgo manifiesto de que las prestaciones sociales que corresponden a la ciudadana YSNELSI CAROLINA VILLARROEL RUIZ no sean pagadas, este Tribunal verifica si se cumplen los extremos establecidos en ley que permiten acordar la medida.
La medida preventiva es la mejor garantía de la eficacia procesal, pues ella procede durante el transcurso del juicio en cualquier estado y grado de la causa, requiriéndose ademas de la acción ejercida , la presunción grave de que quede ilusoria la ejecución del fallo. El Juez puede decretar medidas cautelares, siempre que se cumpla los extremos señalados y corresponde al Juzgador apreciar la existencia de estas circunstancias.
El artículo 137 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece:

“A petición de parte, podrá el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución acordar las medidas cautelares que considere pertinentes a fin de evitar que se haga ilusoria la pretensión, siempre que a su juicio exista presunción grave del derecho que se reclama…”

Siendo que por considerar que la parte demandante hace presumir a esta Juzgadora la veracidad de lo denunciado, es por lo que este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas declara: que PRIMERO: DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre bienes y/o acreencias a favor de la empresa BINGO LA CASCADA C.A, hasta cubrir la cantidad de (Bs.F. 6.212,20), que comprende la suma demandada. SEGUNDO: Este Tribunal fijará el traslado y constitución del Tribunal por auto separado.

Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho de este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha catorce (14) de Marzo de Dos Mil Once (2011) Años 200° de la Independencia y 152° de la Federación.

La Jueza

Abogada Dervis Pérez Martínez
Secretario (a)

Abog.