REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL



ASUNTO PRINCIPAL; NP01-P-2008-005009
ASUNTO: NP01-P-2008-005009

JUEZ SEXTO DE CONTROL: ABG. CARMEN PICCIONI
SECRETARIA: ABG. THAYS PALACIOS
FISCAL 4° DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. JESUS PAUL NUÑEZ
VICTIMA: EL ESTADO
ACUSADO: LUIS ENRIQUE PACHECO
DEFENSOR PÚBLICO 15° PENAL: SIMON MORAO

ACTA DE CELEBNRACION DE AUDIENCIA ESPECIAL

El día de hoy, viernes (06) de Mayo del año 2011, siendo las 09:00 horas de la mañana, se constituyó el Tribunal SEXTO de Primera Instancia Penal en función de CONTROL a cargo del Juez Abg. ROSMELYS ROJAS, acompañada de la Secretaria de Sala Abg. THAYS PALACIOS, y estando presentes el Defensor Público Décimo quinto Penal Abg. SIMON MORAO, asi como el imputado ciudadano LUIS ENRIQUE PACHECO, igualmente estando presente el Fiscal Cuarto del Ministerio Público Abg. JESUS PAUL NUÑEZ; Se dio inicio al presente acto fijado en el presente asunto seguido al imputado LUIS ENRIQUE PACHECO, por la presunta comisión del delito de DESTRUCCION DE MATERIAL ELECTORAL, previsto y sancionado en el articulo 256 numeral 4° de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política. Seguidamente se dio inicio a la audiencia Especial para la verificación del Cumplimiento de las Condiciones impuestas por el Tribunal en fecha (13-05-2009) durante la celebración de la audiencia Preliminar donde la Juez Impuso las siguientes condiciones 1.- Se Suspende el Proceso por el lapso de Un año y deberá presentarse por el Departamento de Alguacilazgo cada (30) días. 2.- Debe residir en un lugar determinado. 3.- Mantener un Trabajo estable. Acto seguido se concedió la palabra a la Representación Fiscal quien solicita se decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, visto el cumplimiento de las condiciones impuestas al acusado. Posteriormente intervino la Defensa, quien manifestó que comparte el criterio de Solicitud de SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA de la Fiscal del Ministerio Público conformidad con el artículo 48 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, referente a la Extinción de la Acción Penal en concordancia con el artículo 318 ordinal 3° del mismo Código y en consecuencia solicita se oficie al Sistema de Información Integral (SIPOL) para que sea excluida de las pantallas correspondientes. Asimismo solicito copias Certificadas de la presente Acta. Es todo. Seguidamente se le cede la palabra al acusado y expone que el ha cumplido con todas las condiciones impuestas por el tribunal, es todo”. De seguidas el Juez pasa a emitir el pronunciamiento respectivo en el cual oída a las partes y observándose de actas que ha cumplido con lo impuesto por el tribunal el ciudadano LUIS ENRIQUE PACHECO, en consecuencia DECRETA EXTINGUIDA LA ACCION PENAL DE conformidad con lo establecido en el articulo 48 numeral 7° y EN CONSECUENCIA El SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, conforme al articulo 318 numeral 3° todos del código orgánico procesal penal, Líbrese Oficios al SIPOL a los fines de ser excluido de pantalla, asimismo oficiar al departamento de alguacilazgo informándole el cese de la medida de presentación, se acuerdan las copias certificadas solicitadas por la defensa. Se fundamentara por auto separado. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez Sexta de Control,



ABG. CARMEN PICCIONI





EL IMPUTADO,

LUIS ENRIQUE PACHECO


El Fiscal 4° del Ministerio Público


ABG. JESUS PAUL NUÑEZ


El Defensor Público 15° Penal


ABG. SIMON MORAO

La Secretaria,

ABG. THAYS PALACIOS