REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOLÍVAR Y PUNCERES DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.

MOTIVO: INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS (TRANSITO)
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA

EXP. Nº 487-2010.

Vista la diligencia inserta al folio sesenta y dos (F. 62), presentada por el Abogado LUIS ALBERTO MARTÍNEZ SALAZAR, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 125.454, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano LUIS RAFAEL ESPINOZA, en el presente juicio de INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS (TRANSITO), contra el ciudadano RAUL ANTONIO ÁLVAREZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula Nº 13.093.407, como Presidente de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA TECINDMON 221 RL., donde solicita sea comisionado nuevamente el Juzgado Distribuidor Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, para que practique la Medida Preventiva de Embargo sobre el Vehículo MARCA: FORD, MODELO: F-350, AÑO: 2006, COLOR: AZUL, SERIAL DE MOTOR: 6A33482, SERIAL DE CARROCERÍA: 8YTKF365568A33482, CLASE: CAMIÓN, TIPO: PLATAFORMA, PLACA: 73J-MBC, propiedad de la Asociación Cooperativa TECINDMON 221 RL., J-312849983. En consecuencia este Tribunal SE ABSTIENE de proveer lo solicitado, hasta tanto no se haya pronunciado la Procuraduría General de la República, con el fin de salvaguardar posibles interese de la Nación que pudiesen verse afectados, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 96 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Y así se declara.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Caripito, a los diecisiete (17) días del mes de Mayo del año 2011. Año 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
El Juez Titular,


Abg. MSc. José Gregorio Guaipo Quiroz.

La Secretaria.,


Abg. Elizabeth Hernández Sifuentes.




En la misma fecha se publicó la anterior sentencia siendo las 11:00 de la mañana. Conste. Secretaria.


JGGQ/cielo.
EXP. N° 487-2010