REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 10 de Noviembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-025262
ASUNTO : NP01-P-2011-025262



Vista la QUERELLA interpuesta por el Abg. JUAN ELIÉCER RUIZ BLANCO, en representación del ciudadano, JOSÉ GREGORIO SANTAMARÍA VALVERDE, titular de la Cedula de Identidad 8.351.357 interpuesta en contra del os ciudadanos: JOSELLY CARMEN CONTRERAS RODRÍGUEZ , Y MANUEL JOSÉ RAMÍREZ GUZMÁN. Titulares de las cedulas de identidad 17-403-609 y 7.683.360 respectivamente por la presunta comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el articulo 462 del Código Penal y verificado que llena los requisitos existidos en el artículo 294 del Código Orgánico Procesal Penal, quien aquí decide considera que lo procedente y ajustado a Derecho es ADMITIR la misma, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 296 ejusdem, confiriéndole la condición de parte QUERELLANTE al ciudadano; JOSÉ GREGORIO SANTAMARÍA VALVERDE, y a los ciudadanos: JOSELLY CARMEN CONTRERAS RODRÍGUEZ , Y MANUEL JOSÉ RAMÍREZ GUZMÁN. Titulares de las cedulas de identidad 17-403-609 y 7.683.360 respectivamente la condición de QUERELLADO.-

En consecuencia, se ACUERDA librar las respectivas notificaciones y remitir la misma a la Fiscalía Superior de este Estado,

La Jueza,


ABG. ROSMELYS ROJAS BARRETO.-



La Secretaria,


Abg.