REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 7 de Noviembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-006884
ASUNTO : NP01-P-2010-006884

Auto De Apertura De Juicio


Corresponde a este Tribunal emitir el respectivo Auto de Apertura a Juicio de conformidad con lo establecido en el Articulo 331 del Código Orgánico Procesal Penal en razón de la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente asunto, seguida al acusado ciudadano: ANYER DEIBYS HERDEZ FLORES, a tal efecto se procede a dictar el Auto de Apertura a Juicio en los siguientes términos:


Identificación del Acusado:

ANYER DEIBIS HERDEZ FLORES, titular de la cédula de identidad Nº 18.173.319, venezolano, de 24 años de edad, Estado Civil: Soltero, hijo de: MAIGUALIDA FLORES (V) y de DAVID HERDEZ (V), de profesión u oficio colector, natural de Maturín del Estado Monagas, nacido en fecha 06/03/1987, domiciliado en: en las terrazas, calle 3,, casa 124, frente del tanque rojo, antes de la panadería pan de dios maturín, Estado Monagas. Teléfono: 04142574876 y debidamente asistido por el defensor Publico 5° Penal Adscrito a la unidad de la Defensa Publica ABG JOSEFINA MUCURA

De los Hechos y Motivos en Relación del acusado:



“Se le atribuye al imputado ANYER DEIBYS HERDEZ FLORES , el hecho de que del día 28 de Agosto de 2010, funcionarios policiales recibiendo llamada del operador de guardia de la central de comunicaciones donde le solicitaban que se trasladaran urgentemente a la ultima calle de la Urbanización la libertad de esta ciudad ya que una turba enardecida de personas se encontraban agrediendo a una persona por razones desconocidas, con evidentes intenciones de lincharlo, por lo que refieren los funcionarios que se trasladaron al lugar indicado con la premura del caso y una vez allí pudieron observar a un nutrido grupo de personas, residentes y moradores del sector que se encontraban arremetiendo a golpes a una persona sobre el pavimento, evidenciándose excoriaciones y hematomas en varias partes del Cuerpo, señalando de ser una de las tres personas que minutos antes había despojado de varios teléfonos celulares y dinero en efectivo a una ciudadana a quien bajo amenaza de muerte , utilizando un arma de fuego, con quien refieren los funcionarios se entrevistaron e identificándose como LOIMAR DEL VALLE LANDAETA ROJAS, quien le ratifico lo acontecido y manifestó que la persona a la que mantenían retenida era uno de los autores del robo perpetrado en su contra , procediendo los funcionarios a intervenir para clamar los ánimos y tratar de cesar la violencia , logrando colocar al aprehendido bajo custodia policial imponiéndolos a la vez sus derechos y siendo aproximadamente las siete horas del mañana del día 28 de Agosto 2010, procedieron a trasladarlo al centro asistencial Simón Bolívar ubicado en la parroquia la cruz a fin de prestarle los primeros auxilios luego de haber sido atendido fue trasladado hasta el comando por cuanto el mismo quedo aprehendido e identificado como ANYER DEIBYS HERDEZ FLORES…, ”

Admisión del Escrito Acusatorio y Calificación Jurídica:


Se admite totalmente la acusación presentada por parte de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, representada en esta audiencia por el ABG. CECILIA ARAY, en contra del ciudadano: ANYER DEIBIS HERDEZ FLORES, titular de la cédula de identidad Nº 18.173.319, venezolano, de 24 años de edad, Estado Civil: Soltero, hijo de: MAIGUALIDA FLORES (V) y de DAVID HERDEZ (V), de profesión u oficio colector, natural de Maturín del Estado Monagas, nacido en fecha 06/03/1987, domiciliado en: en las terrazas, calle 3,, casa 124, frente del tanque rojo, antes de la panadería pan de dios maturín, Estado Monagas. Teléfono: 04142574876 y debidamente asistido por el defensor Publico 5° Penal Adscrito a la unidad de la Defensa Publica ABG. JOSEFINA MUCURA, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, 458 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana: LOIMAR DEL VALLE LANDAETA ROJAS, interpuesta por la Vindicta Publica cumple con lo requisitos establecidos en el articulo 326 del Código Orgánico Procesal Penal.

Pruebas Admitidas:

Se admitieron en su totalidad las pruebas presentadas por parte de la Vindicta Pública, por cuanto las mismas fueron obtenidas de manera legal y son lícitas útiles, pertinentes y necesarias para el esclarecimiento de los hechos y la búsqueda de la verdad en el presente caso, asimismo se acuerda la adhesión que hace la defensa en este mismo acto, a las pruebas presentada por el Ministerio Público, en virtud del principio de la comunidad de las pruebas. Se admitió la calificación dada por la representación Fiscal.


Se Mantiene la Medida de coerción decretada al acusado ANYER DEIBYS HERDEZ FLORES, en su oportunidad legal , por cuanto no han variado las circunstancias que dieron origen al decreto de la misma .


Orden de Abrir el Juicio Oral y Público:

Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 330 ordinal 2° y 9, 331 del Código Orgánico Procesal Penal en contra del ciudadano: ANYER DEIBIS HERDEZ FLORES, titular de la cédula de identidad Nº 18.173.319, venezolano, de 24 años de edad, Estado Civil: Soltero, hijo de: MAIGUALIDA FLORES (V) y de DAVID HERDEZ (V), de profesión u oficio colector, natural de Maturín del Estado Monagas, nacido en fecha 06/03/1987, domiciliado en: en las terrazas, calle 3,, casa 124, frente del tanque rojo, antes de la panadería pan de dios maturín, Estado Monagas. Teléfono: 04142574876 y debidamente asistido por el defensor Publico 5° Penal Adscrito a la unidad de la Defensa Publica ABG, JOSEFINA MUCURA, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, 458 del Código Penal. Se acordaron las copias simples requeridas por la defensa y debidamente indicadas en el acta de la Audiencia Preliminar.

Emplazamiento De Las Partes:

Se emplazan a las partes para que un plazo común de cinco (5) días concurra ante el Tribunal de Juicio que conocerá del presente asunto.

Instrucción al Secretario:

Se instruyo a la Secretaria de Sala a remitir las actuaciones correspondientes a la Fase Preparatoria a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de este Estado y las actuaciones correspondientes a la Fase Intermedia a la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que sea distribuido al Tribunal de Juicio Correspondiente, en la oportunidad de Legal. CÚMPLASE.-
La Jueza


ABG. ROSMELYS ROJAS BARRETO.

La Secretaria


ABG SILVIA RONDON.