REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 23 de Noviembre de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2010-000255
ASUNTO : NP01-D-2010-000255
Corresponde a este tribunal de conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente, este Tribunal procede a efectuar Revisión de la Medida que le fuere impuesta al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, este Tribunal pasa a revisar la medida bajo los siguientes términos:
En fecha 15 de Diciembre del 2011, el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, fue sancionado por el Tribunal Primero de Juicio Sección Adolescentes por la comisión del delito de de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, en perjuicio de WILFREDO GARCÍA, y fue condenado a cumplir la sanción de: DOS (02) AÑOS BAJO LAS MEDIDAS DE LIBERTAD ASISTIDA, SIMULTANEAMENTE UN (01) AÑO DE REGLAS DE CONDUCTA Y SEIS (06) MESES DE SERVICIO COMUNITARIO, de conformidad con lo establecido en los artículos 624, 625, 626 de la ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
En fecha 18 de Enero de 2011 se dicto auto de Ejecución de la sanción al adolescente y el mismo fue impuesto en fecha 17 de Febrero del 2011.
En fecha 18 de Julio de 2011, este Tribunal Revisó y Mantuvo las Medidas al sancionado y determinó que en relación a la medida de Libertad Asistida, había dado cumplimiento a la misma por el lapso de CINCO (05) MESES y OCHO (08) DIAS, faltándole por cumplir UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES Y VENTIDOS (22) DIAS DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, que por cuanto no había presentado constancia que acreditara el hecho de estar estudiando o trabajando, se mantenían tanto UN (01) AÑO DE REGLAS DE CONDUCTA Y SEIS (06) MESES DE SERVICIO COMUNITARIO.
Por cuanto No se ha recibido informe de Evolución Conductual proveniente del Departamento de Servicio Social, quien preside este Tribunal realizo visita hasta dicha oficina, siendo atendida por la Lic. ERIKA LARA, quien mostró las Carpetas de Control de Entrevistas e informó: El joven se presenta puntualmente a sus entrevistas, Trabaja en el área de la agricultura, y se hace entrega al Tribunal de Constancia Original expedida por la facilitadota de Infocentro donde consta que el joven cumple con la Medida Servicios a la Comunidad colaborando en el Infocentro José Tadeo Monagas y no ha vuelto a delinquir, tiene buen comportamiento, su evolución conductual es favorable.
Considera este Tribunal Prudente Revisar y mantener las Medidas Libertad Asistida, Reglas de Conducta y Servicios a la Comunidad. Quien ha dado cumplimiento a la Medida Libertad Asistida por espacio de NUEVE (09) MESES Y CINCO (05) DÍAS, Y LE FALTA POR CUMPLIR UN (01) AÑO DOS MESES Y VEINTICINCO (25) DÍAS. En relación a la medida Reglas de Conducta ha cumplido CUATRO (04) MESES Y CINCO (05) DÍAS y le falta por cumplir SIETE (07) MESES Y VEINTICINCO (25) DÍAS y de la Medida Servicios a la Comunidad la ha cumplido desde el 01/06/2011 hasta el día de hoy la ha cumplido por un lapso de CINCO MESES Y VEINTITRES DÏAS considera este Tribunal Prudente Cesar la Medida SERVICIOS A LA COMUNIDAD por cumplimiento de los objetivos de la misma, con ello el joven se ha reconciliado con la sociedad.
DISPOSITIVA
En virtud de las observaciones realizadas este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección de Adolescentes, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley de conformidad con el artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente REVISA Y MANTIENE la MEDIDA LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA al sancionado: IDENTIDAD OMITIDA, conforme al artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes y Cesa la Medida SERVICIOS A LA COMUNIDAD,Conforme al artículo 647 literal “h” Ejusdem. Se determina que el sancionado ha dado cumplimiento a la Medida Libertad Asistida por espacio de NUEVE (09) MESES Y CINCO (05) DÍAS, Y LE FALTA POR CUMPLIR UN (01) AÑO DOS MESES Y VEINTICINCO (25) DÍAS. En relación a la medida Reglas de Conducta ha cumplido CUATRO (04) MESES Y CINCO (05) DÍAS y le falta por cumplir SIETE (07) MESES Y VEINTICINCO (25) DÍAS. La próxima Revisión de la Medida será el 25 de Abril del 2012. Impóngase al sancionado. Notifíquese a las partes, ofíciese y envíese copia al departamento de servicio social. Hágase lo conducente. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución.
Abg. DILIA MENDOZA
La Secretaria
ABG. MARIA HERMINIA LUONGO