JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURÍN, VEINTICUATRO (24) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE.-

201º y 152º

Vista la anterior diligencia suscrita por la ciudadana JENNY DE SANTIS, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 91.740, respectivamente y de este domicilio, en la cual consigna copias certificadas del presente expediente a los fines que sean remitidas al Tribunal de Alzada, para los fines legales consiguientes; este Tribunal luego de una revisión exhaustiva de las actas que conforman la presente causa observo que en fecha veintinueve (29) de Junio del 2.011, la ciudadana JENNY DE SANTIS, arriba identificada apelo a la decisión dictada por este Tribunal en fecha veintiuno (21) de Junio del 2.011, siendo escuchada la misma en fecha primero (01) de Julio del 2.011, concediéndole a la recurrente un lapso de cinco días de Despacho para señalar las copias, y visto que a transcurrido mas de cinco días, desde que fue escuchada dicha apelación, siendo así; mal podría este Tribunal acordar lo solicitado por la parte demandada, por tal motivo se niega lo solicitado. Y así se decide.-


ABOG. ARTURO JOSE LUCES
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

LA SECRETARIA
ABOG. YOHISKA MUJICA






Exp: 26.244
Yosellys