Comisión: 05721
EDMARY ESTHER RAMOS MORENO/ MARTIN RICARDO CAMARGO TORRES.
En horas de Despacho del día de hoy 23 de Noviembre de 2.011, siendo las 9:40 a.m., se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Púnceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por la ciudadana EDMARY ESTHER RAMOS MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.938.054, en su carácter de parte demandante, debidamente asistido por el abogado en ejercicio LEONARDO IGNACIO RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 147.308, con motivo del Juicio de ACCION MERO DECLARATIVA DE CONCUBINARIA, incoado contra MARTIN RICARDO CAMARGO TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.961.343, a los fines de practicar Medida Cautelar Innominada consistente en que la demandante ciudadana EDMARY ESTHER RAMOS MORENO, titular de la cedula de identidad Nº 16.938.054, continué HABITANDO junto con su menor hijo MARTIN ALFONZO CAMARGO RAMOS, el inmueble constituido por una parcela de terreno y la vivienda sobre ella construida, ubicado en la Urbanización Valle de Luna, Calle Nro. 11, casa Nro. 455, Sector Tipuro de esta Ciudad de Maturìn del Estado Monagas, y se acuerda que el demandado ciudadano MARTIN RICARDO CAMARGO TORRES, titular de la cédula de identidad Nº 17.961.343, desocupe el inmueble identificado, decretada por el Tribunal comitente. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Y siendo las 10:20 a.m., se constituyó el Tribunal en el inmueble objeto de la presente medida. Así mismo el Tribunal deja constancia que se encuentra acompañado por una Comisión de Efectivos de la Policía del Estado Monagas. Acto seguido interviene la parte actora y expone: Solicito se de cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal comitente. Es todo. Acto seguido interviene el Tribunal y expone: En cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal comitente se procede a practicar la medida innominada consistente en que en este acto la demandante ciudadana EDMARY ESTHER RAMOS MORENO, titular de la cedula de identidad Nº 16.938.054, continué HABITANDO junto con su menor hijo MARTIN ALFONZO CAMARGO RAMOS, el inmueble constituido por una parcela de terreno y la vivienda sobre ella construida, ubicado en la Urbanización Valle de Luna, Calle Nro. 11, casa Nro. 455, Sector Tipuro de esta Ciudad de Maturìn del Estado Monagas, y se acuerda que el demandado ciudadano MARTIN RICARDO CAMARGO TORRES, titular de la cédula de identidad Nº 17.961.343, desocupe el inmueble identificado. El Tribunal hace constar que dentro del inmueble no se encontró el ciudadano MARTIN RICARDO CAMARGO TORRES, razón por la cual se ordena librar boleta de notificación y fijarla en la puerta del Tribunal y la otra en el inmueble. Es todo. Sin más diligencias que practicar se da por concluido el presente acto dejando constancia que la practica de la presente medida no genero arancel o tasa alguna por parte de Tribunal de conformidad con lo establecido el los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 10:30 a.m.-
La Juez Suplente Especial
La parte actora y Abogado Asistente


La Comisión de Efectivos
La Secretaria