REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 04 de Noviembre de dos mil Once
201º y 152º

(SIFD: DESISTIDO EL RPOCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO ART.130 LOPT)

N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2011-001091
PARTE ACTORA: LUIS ANTONIO ABANERO (NO HIZO ACTO DE PRESENCIA EN LA INSTALACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR).
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ASISTIO.
PARTE DEMANDADA: ARQUITECO, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS VILLANUEVA
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y SALARIOS CAÍDOS.

En el día hábil de hoy 04 de Noviembre de dos mil Once, siendo las 9:00 A.M., día y hora fijada para que tuviera lugar la CONTINUACIÓN Audiencia Preliminar en el presente juicio, seguido por la ciudadana LUIS ANTONIO ABANERO en contra de la Sociedad Mercantil ARQUITECO, C.A., por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y SALARIOS CAÍDOS. Se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadano LUIS ANTONIO ABANERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°4.617.555, no compareció a la realización de la CONTINUACIÓN de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial, se deja constancia igualmente que hace acto de presencia el abogado en ejercicio LUIS VILLANUEVA, Inscrito en el IPSA N° N°87.256, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada ARQUITECO, C.A, según consta de copia certificada de Poder Autenticado que riela a los folios 30 y 31 del expediente, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con sede en la ciudad de Maturín, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Dada, firmada y sellada, en la ciudad de Maturín, a los 04 días del mes de Noviembre de 2011. Años 201 ° de la Independencia y 152° de la Federación.
La Jueza Titular,


Abg. YISSEIN LÓPEZ
La Secretaria (o)

Abg.
La apoderada judicial de la demandada