REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veinticuatro de abril de dos mil doce
202º y 153º



ASUNTO : VP01-L-2012-000600


Se dio por recibida diligencia constante de Acta Transaccional celebrada entre las partes intervinientes en la presente causa, para resolver el Tribunal observa: Revisada como ha sido la transacción presentada, por los Ciudadanos, MARIA CHIQUINQUIRA BERRUETA PIRELA , Venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad No-V-7.758.174 , asistida en este acto por la abogada en ejercicio MARINA HERRERA, Venezolana , mayor de edad e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 113.448, por una parte y por la otra la abogada ROSSANA MARTINEZ, abogada , quien es mayor de edad , e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 103.069 , actuando en este acto en condición de apoderado judicial de la Sociedad Civil INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA ANTONIO JOSE DE SUCRE. Donde le cancela a la EXTRABAJADORA :: MARIA CHIQUINQUIRA BERRUETA PIRELA , la cantidad de DIEZ MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO .BOLIVARES CON NOVENTA Y CUATRO CENTIMOS ( Bs 10.694,94) mediante de gerencia No 04301262, de la entidad financiera Banco Occidental de Descuento de fecha 28 de marzo de 2012. La parte actora acepta recibirla , para cubrir todo y cada uno de los conceptos reclamados, por lo que ambas partes solicitan que se homologue el acuerdo celebrado-. Este tribunal visto que la misma reúne los requisitos establecidos en el Parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; 10 y 11 de su Reglamento, por lo cual no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público. Este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Zulia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIÓNAL, , impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada. Este Tribunal da por terminado el presente asunto, y ordena el archivo definitivo del expediente . Así se Decide.-

La Juez.

Abg. Marianela Bravo. La Secretaria