REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 21 de Agosto de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2007-001454
ASUNTO : NP01-P-2007-001454

Vista la solicitud interpuesta por el Acusado JOSE RAFAEL PEREZ, mediante la cual solicita a esta instancia extienda las presentaciones impuestas por este Tribunal cada 30 días ante el Departamento de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal al referido ciudadano, y se le concedan en un ciclo de 60 días fundamentando su pretensión bajo las razones de que el Acusado, es Agricultor y requiere de tiempo constante y mucho cuidado dicha labor.

Observa este Tribunal para decidir la solicitud lo siguiente:

En fecha 30 de Abril de 2007 el Tribunal Sexto de Primera Instancia Penal en Función de Control acordó para el Acusado JOSE RAFAEL PEREZ en Audiencia Preliminar MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD con presentaciones cada 30 días, en virtud que se constato en el Sistema Juris 2000 que ha estado cumpliendo con el régimen de presentaciones por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, tipificado en el articulo 277 del Código Penal, en virtud a lo antes señalado este Juzgador pasa emitir el siguiente pronunciamiento en razón a tal requerimiento, En consecuencia considera quien aquí decide después de la revisión dispensada del sistema juris 2000 a los fines de verificar si el acusado de marras han dado cumplimiento a las presentaciones impuestas por este Tribunal como medida asegurativa al proceso contenida en unas de las modalidades del Articulo 256 del Código Orgánico Procesal y Penal y corroborado que efectivamente el Ciudadano JOSE RAFAEL PEREZ se encuentra cumpliendo periódicamente con la Medida Impuesta. A tal efecto puede Argüir este Órgano Decisor que lo procedente y ajustado a derecho es Declarar con lugar la petición por la parte en el presente momento procesal y consecuencialmente Acordar la extensión de las presentaciones cada 60 días ratificándose que las mismas se cumplan ante el Departamento de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal tal como se acordó en la resolución dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia Penal en Función de Control. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por todo cuanto antecede este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela Por Autoridad de La Ley Declara Con Lugar la Petición del Acusado JOSE RAFAEL PEREZ Venezolano, de 51 años de edad, soltero, nacido en fecha 02/11/1959, Natural de San Antonio de Capayacuar– Estado Monagas, hijo de Neolina Pérez (F) y de Visitación Tovar (F), de ocupación u oficio Director Gerente del Centro Municipal de Desarrollo endógeno CEDUMECA, titular de la Cédula de Identidad V-6.657.066, domiciliado en Urbanización Francisco de Miranda, Calle 9, Casa Nº 25, Maturín- Estado Monagas, Teléfono: 0416-8923693, 0414-7709142 y consecuencialmente Acuerda la extensión de las presentaciones cada 60 días ratificándose que las mismas se cumplan ante el Departamento de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, por la presunta comisión del delito PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, tipificado en el articulo 277 del Código Penal, tal como se acordó en la resolución dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia Penal en Función de Control. Notifíquense a las partes del Contenido de la Presente Decisión. Líbrese el respectivo oficio al Departamento de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal a los fines de informarle en relación a la presente decisión. Y remítanse los presentes recaudos complementarios a la Fiscalia Competente a objeto de que sean agregados a la causa principal y surtan los efectos legales consiguientes.
El JUEZ

ABG. SIMON HURTADO
LA SECRETARIA

ABOG. BERENICE LOPEZ.