REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 26 de Enero de 2012
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2009-000765
ASUNTO : NP01-P-2009-000765
AUTO DEJANDO SIN EFECTO ORDEN DE APREHENSION

Visto y revisado el Oficio Nº 6C-3157-2010, remitido por el Tribunal Sexto de Control, mediante el cual informa a este Despacho que el Ciudadano LUIS JOSE RODRIGUEZ GARCIA titular de la cedula de identidad Nº 12.967.980, a quien en fecha 09/10/2010 el Tribunal mencionado le dicto Medida Judicial Privativa de Libertad, quedando recluido en el Internado Judicial de Monagas, a su orden y en virtud que este Tribunal Primero de Primera Instancia Función de Ejecución, le decreto Orden de Aprehensión en fecha 17 de Enero de 2012, por no presentarse ,a dar inicio al Régimen de Supervisión y cumplimiento a las obligaciones impuestas por este Juzgado, sustrayéndose totalmente del proceso que se le sigue, por el delito DE DELITO DE DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; es por lo que este despacho, ACUERDA Dejar Sin Efecto dicha orden, en contra del penado LUIS JOSE RODRIGUEZ GARCIA titular de la cedula de identidad Nº 12.967.980 domiciliado en el Complejo Habitacional Paramaconi manzana P22 casa Nº 13 Maturín Estado Monagas.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Órgano Jurisdiccional, Acuerda Librar Oficio al Tribunal Sexto de Control de este circuito judicial penal, al Comandante de la Policía del Estado Monagas, al Comandante del Destacamento 77, Comando Regional Nº 7, de la Guardia Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines legales pertinentes. Líbrense oficios anexas copias certificadas de este auto, al ciudadano Jefe del Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales del Ministerio del Poder Popular de Interior y Justicia, así como a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, con sede en esta ciudad. Trasládese al penado para ser impuesto. CUMPLASE.
EL JUEZ

ABG. SIMON HURTADO MALAVE LA SECRETARIA

ABOG. MARIA CARIAS