REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY, SANTA BARBARA, Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.- Maturín, 25 de Enero del año 2012
201 y 152°

Por cuanto de la revisión de las presentes actuaciones se observa que 1.- Por error involuntario este Tribunal por auto de fecha 15 de noviembre de 2011, ordeno citar a la parte demandada a través de cartel de conformidad con lo establecido en el articulo 223 del código de Procedimiento Civil, toda vez que la parte demandante lo solicito mediante diligencia de fecha nueve de noviembre de ese mismo año; y una vez revisadas las actuaciones que rielan al folio treinta y cuatro (34) del presente expediente se evidencia que la ciudadana Alguacil de este Tribunal dejo constancia que el ciudadano GUSTAVO ANTONIO PORTILLO FEBRES se negó a firmar; siendo procedente que la parte accionante solicitara la boleta de notificación tal y como lo establece el articulo 218 del código de procedimiento Civil. 2.- En virtud de lo antes expuestos este Tribunal a los fines de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa ordena reponer la causa al estado de que la parte demandante solicite que el demandado sea notificado a través de boleta de notificación tal y como lo prevee la norma Ut-Supra Indicada; 3.- En consecuencia de lo antes expuesto se deja sin efecto las actuaciones que van del folio 41 folio 46 ambos inclusive. Cúmplase.
El Juez Titular

ABG. Luís R. Farias G.



La Secretaria,

ABG. Guiliana A Luces Rojas