REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Tribunal Primero  de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial  Penal  del Estado Monagas
 
Maturín, 10 de Febrero de 2012
 
201º y 152º
 
 
ASUNTO PRINCIPAL 	: NP01-P-2011-001887
 
ASUNTO 			: NP01-P-2011-001887
 
 
 
Vista la solicitud de revisión de medida cautelar presentada por  el Abogado ELEZER  RUIZ en representación del ciudadano JOSE LUIS HERNANDEZ YANEZ, plenamente identificado en autos, este Tribunal pasa a realizar las siguientes consideraciones:
 
La defensa privada indica como fundamento de su solicitud lo siguiente: 
 
“…Solicito de conformidad con lo establecido en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal penal , que acuerde el decaimiento de medida, que pesa sobre mi representado, en virtud de que la pena contemplada en la Ley Orgánica del Derecho de la Mujer a una vida Libre de violencia  es de 6 a 18 meses, y mi defendido está cumpliendo una medida cautelar que consiste en presentaciones ante el departamento de Alguacilazgo desde el 10 de Marzo del año 2011; lo que significa que han transcurrido hasta la fecha 11 meses, lo cual supera la pena mínima  prevista para el delito que se investiga esto es de 6 meses que prevé el delito de violencia física…”.
 
 
 
	Ahora bien,  revisada minuciosamente las actas procesales la fecha fijada para la Audiencia Preliminar es el 16 de Febrero 2012, a las 2:00 horas de la tarde,  por lo que considera esta Operadora de Justicia que lo procedente es hacer el pronunciamiento respectivo  en la realización de la Audiencia Preliminar y así se decide.-
 
DISPOSITIVA
 
 
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de  Primera Instancia en Función de control, audiencia y medidas en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Monagas , Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,  resuelve lo siguiente: PRIMERO: Acuerda hacer el pronunciamiento respectivo  en la realización de la Audiencia Preliminar  fijada para la fecha 16 Febrero 2011, a las 2:00 horas de la tarde. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese y Publíquese. Cúmplase.-
 
LA JUEZA 
 
 
ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO 
 
 
 
 
				                     EL SECRETARIO JUDICIAL
 
 
 
ABG. JULIO CESAR GOMEZ 
 
 
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