PODER JUDICIAL
 
 
Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Juicio 
 
del Circuito Judicial Penal  del estado Monagas
 
Maturín, 8 de Febrero de 2012
 
201º y 152º
 
 
ASUNTO PRINCIPAL 	: NP01-P-2008-002741
 
ASUNTO 			: NP01-P-2008-002741
 
 
 
 
 
En virtud del escrito interpuesto por la Abogada Lisbeth Rojas Rodríguez, Fiscala Décima Quinta del Ministerio Público,  mediante lo cual solicita se sirva diligenciar lo pertinente a de materializar la realización del presente acto, y lograr así el fin último del proceso en la búsqueda de la verdad, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en función de Juicio NO tiene materia sobre la cual decidir; en virtud de que en fecha  17 de Enero de 2012, en Acta de Diferimiento, por la incomparecencia de la victima quien no se encontraba debidamente citada, se fijo nueva fecha para el día viernes 24 de Febrero de 2012, a las 09:30 de la mañana, fecha ésta tomada según la disponibilidad de la Agenda Única llevada por la Coordinación de Secretaría de este Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, evidenciándose que dicha acta fue suscrita por la ciudadana Fiscala Décima Quinta del Ministerio Público en su oportunidad; asimismo se exhorta al Ministerio Público a coadyuvar con la comparecencia de la victima, y los medios probatorios  ante la sala de audiencia de este Tribunal, todo ello tal y como lo establece el artículo 5  de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, siendo una obligación  indeclinable del Estado de adoptar las medidas administrativas, judiciales y de cualquier otra índole que sean necesarias y apropiadas para asegurar el cumplimiento de esta Ley y garantizar los derechos humanos de las mujeres victima de violencia. Notifíquese a la Fiscala del Ministerio Público. Hágase lo conducente. Cúmplase.- 
 
LA JUEZA  
 
 
ABGA. DULCE LOBATON B.
 
 
                                                                      LA SECRETARIA
 
 
                                                           ABGA. DAGLENIS FUENTES 
 
 
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