REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas de Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 13 de Junio de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2011-001025
ASUNTO : NP01-S-2011-001025
Visto el escrito consignado por ante este Juzgado en fecha 12 de junio 2012, por el ciudadano Abogado CESAR GUZMAN, en su carácter de Defensa Pública Especializada (S), del ciudadano imputado SANTO JOSE BASTARDO MAICABARE, plenamente identicazo en autos, quien expone: “…mi defendido se presenta ante el alguacilazgo del circuito penal de este estado cada veinte (20) días , dando cumplimiento a la Medida cautelar sustitutiva de libertad pues pesa sobre él, ….por información aportada por sus familiares éste no pudo ser dar cumplimiento a la última presentación de fecha antes mencionada, debido a que se encuentra recluido en el Hospital Universitario DR. Manuel Núñez Tovar desde el día 25 de mayo del mismo año, presentando infección VIH_SIDA y síndrome de desgaste orgánico, tal como se evidencia en informe médico emitido por el Dr. Ibarra, Médico infectólogo el cual anexo…solicito ante su competente autoridad le sean extendidas sus presentaciones debido a la magnitud y la gravedad…”.
CONSIDERACIONES DE HECHO Y DE DERECHO PARA DECIDIR
Considera esta Juzgadora citar algunas disposiciones que servirán de sustento a lo que aquí resolverá:
“Artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e interese, incluso los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente.
El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles.”
“Artículo 83 Ejusdem: La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado. Que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la Ley, de conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República”.
Considera esta quien aquí suscribe que lo procedente y ajustado a derecho es oficiar al Departamento de Ciencias Forenses, del Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas Maturín Monagas, con sede en el Hospital Universitario Dr. “Manuel Núñez Tovar” para que se traslade el día de mañana JUEVES 14 DE JUNIO 2012, al área de hospitalización donde éste se encuentra recluido por infectología, a los fines de certificar lo expuesto en el informe médico que se anexa en copia certificada a los fines de poder decidir sobre lo solicitado por
La Defensa del Imputado SANTO JOSE BASTARDO MAICABARE, y asimismo se solicita que envíe los resultados a la mayor brevedad posible Y ASÍ SE DECIDE.-
DECISION
Este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda UNICO: oficiar al Departamento de Ciencias Forenses, del Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas Maturín Monagas, con sede en el Hospital Universitario Dr. “Manuel Núñez Tovar” para que se traslade el día de mañana JUEVES 14 DE JUNIO 2012, al área de hospitalización donde éste se encuentra recluido por infectología, a los fines de certificar lo expuesto en el informe médico que se anexa en copia certificada a los fines de poder decidir sobre lo solicitado por La Defensa del Imputado SANTO JOSE BASTARDO MAICABARE, y asimismo se solicita que envíe los resultados a la mayor brevedad posible. Líbrese lo conducente. Notifíquese a las partes. Diarìcese y publíquese Cúmplase.
LA JUEZA PRIMERA DE CONTROL AUDIENCIA Y MEDIDA
ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO
LA SECERATRIA JUDICIAL
ABGA. RAIZA CAROLINA MEJIA
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