REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
Juzgado Primero Superior del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas
Maturín, 21 de marzo de 2012
201° y 153°




SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA


PARTE RECURRENTE (DEMANDANTE): LEIDY MAR ALLEN VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 16.807.542, domiciliado en la calle 9 sector Villa Heroica, casa s/n La Puente, Maturín estado Monagas, asistida por el abogado ERASMO HERNANDEZ, procurador de trabajadores, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 104.311.

PARTE RECURRIDA (DEMANDADA): HOTEL MONAGAS INTERNACIONAL

MOTIVO: Apelación ejercida, contra sentencia proferida por Primera Instancia.

En fecha 19 de Marzo de 2012, se recibe el presente recurso de apelación en contra de la sentencia dictada en fecha 07 de Marzo de 2012, mediante la cual la Jueza Temporal del Juzgado Octavo de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución, declaró desistido el procedimiento y terminado el proceso intentada por la ciudadana Leidy Mar Allen Velásquez.

En esa misma fecha se admite y fija oportunidad para la celebración de la audiencia de parte, para el día miércoles 21 de Marzo de 2012 a las 08:40 a.m., todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; una vez realizado el anuncio del acto, por parte del Alguacil adscrito a esta Coordinación del Trabajo, se levantó acta mediante la cual se dejó constancia expresa de la incomparecencia de la parte recurrente, la cual no asistió a la celebración de la audiencia, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno.

Ahora bien, resulta clara la obligatoriedad de la celebración de dicha audiencia de parte, además, representa una carga procesal para el recurrente comparecer, para que ejerza su oportunidad de exponer las causas justificativas de la incomparecencia al inicio de la audiencia preliminar, esto es, por caso fortuito o fuerza mayor, comprobables a criterio de quien juzga; sin embargo, en virtud de la incomparecencia de la parte recurrente a la audiencia de parte, celebrada el día de hoy, 21 de Marzo de 2012, se considera desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, por lo que forzosamente debe confirmarse la sentencia del Tribunal a quo. Así se decide.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Primero Superior del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO el presente recurso de apelación. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia proferida en Primera Instancia, la cual fue dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en juicio de Salarios Caídos y Otros Conceptos, sigue la ciudadana LEIDY MAR ALLEN VELASQUEZ, contra la empresa HOTEL MONAGAS INTERNACIONAL, ambos ya identificados.
Particípese de la presente decisión al Tribunal de la causa. Líbrese oficio.
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los veintiuno (21) días del mes de Marzo de dos mil doce (2012). Año 201º de la Independencia y 153º de la Federación.
La Jueza Superior Temporal,

Abg. Yuiris Gómez Zabaleta
La Secretaria

Abg. Ysabel Bethermith

En esta misma fecha, se dictó y publicó la anterior decisión. Conste. La Stria.


ASUNTO: NP11-R-2012-000063

ASUNTO PRINCIPAL: NP11-L-2011-001684