REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Tribunal  Primero de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas  
 
Maturín, 7 de Marzo de 2012
 
201º y 153º
 
 
ASUNTO PRINCIPAL 	: NP01-S-2012-000356
 
ASUNTO 			: NP01-S-2012-000356
 
 
ORDEN DE APREHENSION 
 
 
Corresponde a este Tribunal  emitir pronunciamiento respecto a la solicitud de orden de APREHENSIÓN, solicitada  por  la Ciudadana Abogada CARMEN CABEZA BOLIVAR , en su carácter de Fiscala  Décima Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en contra de  los ciudadanos : SIMON ELIAS FERMIN BRAVO y quien responde a las siguientes características generales de la ley de nacionalidad venezolano, mayor de edad, Natural de Maturín  Estado Monagas de 28 años de edad nacido en fecha 30-07-1983, de estado civil soltero, de oficio taxista, domiciliado en la Urbanización Las Flores, Calle 01, Casa Nº.- 0917, Maturín Estado Monagas, Hijo de Juana Bravo (v) y de Régulo Fermín (v), titular de la cédula de identidad Nº.- V-17.722.357. Y GEORGE ELIAS TALISSE BERMUDEZ, venezolano, mayor de edad,  natural de Maturín Monagas, de 24 años de edad, nacido en fecha 05-10-1987 de estado civil soltero, de oficio estudiante, domiciliado en el sector la Manga, Calle la Florida, Casa sin número, Maturín Monagas, Hijo de Flor María Bermúdez (v) y de Elías Tahalíes (F) titular de la cédula de identidad Nº.- 18.079.135., por uno de los delitos contemplados   en la  Ley Orgánica Sobre Los Derechos de las Mujeres A Una Vida Libre de Violencia l  
 
A tal efecto, lo hace sobre la base de las consideraciones que se detallan a continuación: 
 
 
1.	- Acta de Denuncia Común  de fecha 12 de Enero 2012, que riela al folio uno (1) y dos (2) de las actas procesales que conforman el presente Asunto Penal, donde se hace constar que la ciudadana NATALIA MARIA MARQUEZ FLORES, Venezolana, de 19 años de edad, de profesión Estudiante, titular de la cédula de identidad N°.- 20.919.996, residenciada en la Urbanización los Guaritos Cuatro, vereda tres (3), casa seis (6), quien expuso ante el Órgano receptor de la denuncia : “ Comparezco por ante este Despacho con la finalidad de denunciar que para el momento que sal{i de una fiesta en compañía de prima FRANCIS VILLANUEVA y un amigo de nombre YERFERSON, agarramos un taxi  Marca Ford Fiesta, desde la Urbanización,  la Floresta a los Guaritos y  a la altura  de la avenida el ejercito prima y mi amigo se quedaron, y el taxi me dijo para dar una vuelta  y le dije que si, luego  de allí no recuerdo más nada y en el día de hoy me desperté en un río  vía al sur, desconozco  su nombre, asimismo me duelen mis partes íntimas y presumo que abusaron sexualmente de mi persona.
 
 
2.	Orden de Averiguación  Penal de fecha seis (6) de las actas procesales que conforman el Presente Asunto Penal,  expedida por la Fiscalia  Décima Quinta del Ministerio Publico del Estado Monagas, 
 
 
 
 
    3.- Registro de cadena de Custodia  de fecha 12-01-2012, que riela al folio   ocho (8) de las actas procesales  donde funcionarios actuantes hacen constar la  Evidencia Física Colectada: Una prendas de vestir tipo braga, sin marca y talla aparente, de color azul, morado blanco.
 
 
 
4.- Acta de entrevista penal de fecha 12 de Enero del año 2012, que riela al folio nueve (9) y su vuelto de las actas procesales que conforman el presente Asunto Penal, donde Funcionarios actuantes  pertenecientes al Órgano de investigación, subdelegación Maturín Monagas, hacen contar la entrevista que realizaron a la ciudadana MARQUEZ FLORES MARIA NATALIA DEL VALLE, titular de la cedula de identidad N° 20.919.996 plenamente identificada en autos, quien  manifestó desconocer  el sitio exacto, por cuanto había perdido el conocimiento  y no recordaba muy bien el lugar de los hechos.
 
 
 
5.- Acta de Entrevista de fecha 12_01-2012 que riela en el folio diez (10) y su vuelto, de las actas procesales que conforman el Presente Asunto Penal,  realizada a la ciudadana FRANCIS JOHANNA VILLANUEVA FLORES, titular de la cédula de identidad Nº.- 22.701.234 quien expone sobre el conocimiento que tiene de los hechos por ante el órgano de investigación, quien aportó hechos relevantes para la identificación y ubicación  de los presuntos responsables de los hechos investigados y consigna ante el órgano de investigación fotografías del vehículo quien les prestó el servicio de taxi, y una fotografía  del conductor del vehículo, insertas al folio doce (12) y trece (13), de la presente causa.
 
 
 
6.- Acta de entrevista de fecha 12-01-12, que riela al folio catorce (14) de las actas procesales que conforman la presente causa,  a un ciudadano identificado con el nombre de YEFERSON EDUARDO MARTOS RODRIGUEZ,  titular de la cédula de identidad Nº.- V.- 20.919.691,  quien expone el conocimiento  que tienen de los hechos por ante el órgano de investigación y quien aporta hechos relevantes para la identificación y ubicación de los responsables de los hechos investigados.
 
 
8.- Acta de entrevista de fecha 18-01-2012, que riela al folio dieciocho (18) y diecinueve (19) de las actas procesales que conforman el presente Asunto Penal, realizada al ciudadano identificado con el nombre de VICTOR MANUEL YEPEZ FIGUEROA titular de cédula de identidad Nº.- 22.271.255, quien expone sobre el conocimiento que tiene de los hechos relevantes para la identificación y ubicación de los presuntos responsables de los hechos investigados.
 
 
9.- Informe Pericial Nº.- 9700-128-M0051-12 de fecha 18-01-2012, que riela al folio veinte (20) de las actas procesales que conforman  el Asunto Penal  de donde  se desprende la realización de una Experticia Seminal y Hematológica  que fuera realizada a las prendas de vestir que fuera colectadas por el órgano de Investigación como evidencia de interés criminalístico y cuyas piezas fueran remitidas hasta el Laboratorio de Criminalística de la delegación  Maturín del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a fin de ser sometidas a los estudios de interés criminalísticos respectivos, donde se detectó la presencia de material de naturaleza seminal y de naturaleza hemática.
 
 
 
10.- Examen Médico legal Nº.- 0143 de fecha 13-01-2012, que riela al folio veintitrés (23)  que fuera realizado a una ciudadana que responde al nombre de MARIA NATALIA MARQUES FLORES, titular de la cédula de identidad Nº.- V-20.919.996,  que se identifica  como víctima y denunciante de los hechos en la presente causa que del interrogatorio refiere: Que cuando regresaba de una fiesta tomo un taxi y dentro venía un copiloto, ella se embarcó con una prima, y un amigo, luego dejaron a un amigo de las muchachas en fundemos y luego la llevaron a ella a la Avenida el Ejército, y fue cuando la llevaron vía el sur al Río Boquerón de Amana y le dieron bebidas alcohólicas  de ahí no supo mas nada hasta que salió a la carretera, como al medio día cuando un señor le dio la cola y la dejó en el centro. Examen Ginecológico: Genitales de aspecto y Configuración Normal. Se observa Desgarro de 0,5 Cm, en el ángulo posterior de la vulva, Desgarro reciente a las 9 y 3 horas del reloj. Se Observa salida de secreción Mucosa sanguinolenta por vagina. Se tomó muestra Vagina. Examen Ano Rectal: Presenta Fisuritas Anal a las 12 y 5 Horas del esfínter Ano Rectal. Se evidencia signo de Abuso Sexual con desfloración reciente y daño ano recta.
 
 
10.- Informe Pericial Nº.- 9700-128-M-0065-12 de fecha 31-01-12 , que riela al folio veinticuatro (24) de las actas procesales que conforman la presente causa de donde se desprende la realización de una experticia seminal que fuera realizada a muestra de secreción vaginal, tomada a la ciudadana MARIA NATALIA MARQUEZ FLORES titular de la cédula de identidad Nº.- 20.919.996 por el Experto Forense, a fin de ser sometida a los estudios de interés criminalísticos respectivos y donde se detectó la presencia de material de naturaleza seminal en atención a la naturaleza de los actos presuntamente ejecutados.
 
 
 
11.- Acta de Investigación Penal, de fecha  8 de febrero 2012, que riela en los folios veinticinco (25) y veintiséis (26) de las actas procesales que conforman el presente Asunto Penal, donde funcionarios adscritos al órgano de investigación científicas dejan constancia   de las diligencias realizadas  a fin de ubicar e identificar a los presuntos responsables logrando : SIMON ELIAS FERMIN BRAVO y quien responde a las siguientes características generales de la ley de nacionalidad venezolano, mayor de edad, Natural de Maturín  Estado Monagas de 28 años de edad nacido en fecha 30-07-1983, de estado civil soltero, de oficio taxista, domiciliado en la Urbanización Las Flores, Calle 01, Casa Nº.- 0917, Maturín Estado Monagas, Hijo de Juana Bravo (v) y de Régulo Fermín (v) , titular de la cédula de identidad Nº.- V-17.722.357 .
 
 
12.- Acta  de Investigación penal de fecha  8 de Febrero 2012, que riela al folio veintiocho (28) de las actas procesales que conforman la presente causa, donde funcionarios adscrito al órgano de investigación científicas, donde los mismos dejan constancia de las diligencias realizadas  a fin de ubicar e identificar a los presuntos responsables logrando: GEORGE ELIAS TALISSE BERMUDEZ, venezolano, mayor de edad,  natural de Maturín Monagas, de 24 años de edad, nacido en fecha 05-10-1987 de estado civil soltero, de oficio estudiante, domiciliado en el sector la Manga, Calle la Florida, Casa sin número, Maturín Monagas, Hijo de Flor María Bermúdez (v) y de Elías Tahalíes (F) titular de la cédula de identidad Nº.- 18.079.135.
 
 
 
13.- Memorandun Nº.- 9700-074-193 de fecha 11-02-2012  que riela al folio treinta (30) de las actas procesales de donde se desprende la existencia de una conducta predelictual negativa que nace de los registros policiales que presenta uno de los ciudadanos identificados como SIMON ELIAS FERMIN BRAVO y quien responde a las siguientes características generales de la ley de nacionalidad venezolano, mayor de edad, Natural de Maturín  Estado Monagas de 28 años de edad nacido en fecha 30-07-1983, de estado civil soltero, de oficio taxista, domiciliado en la Urbanización Las Flores, Calle 01, Casa Nº.- 0917, Maturín Estado Monagas, Hijo de Juana Bravo (v) y de Régulo Fermín (v) , titular de la cédula de identidad Nº.- V-17.722.357  y aun  cuado se trate  de delitos de otra naturaleza y de violencia de género con otra víctima hace presumir la existencia de un estado de  peligrosidad con respecto a la conducta del ciudadano en la sociedad.
 
 
 
 
Luego de un análisis exhaustivo dispensado al texto del escrito interpuesto por  la Ciudadana  fiscala, es concluyente, que  presenta suficientes elementos de convicción   y  presenta  la debida fundamentación para que tenga lugar la expedición  la orden de aprehensión a que se contrae el Primer Aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez, que su pedimento se ha circunscrito a enumerar y fundamentar  una serie de actuaciones generadas en la investigación EXPEDIENTE I-914.988  instruido por el Cuerpo De Investigaciones Científicas penales y Criminalisticas, Subdelegación (A), de Maturín del Estado Monagas, las cuales están tendientes a justificar  el libramiento de la citada orden judicial; en consecuencia, estima esta Instancia Judicial declarar procedente la orden de aprehensión requerida por la  Abogada CARMEN CABEZA BOLIVAR en su carácter de Fiscala  Décima Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, , en contra de los    ciudadanos. SIMON ELIAS FERMIN BRAVO y quien responde a las siguientes características generales de la ley de nacionalidad venezolano, mayor de edad, Natural de Maturín  Estado Monagas de 28 años de edad nacido en fecha 30-07-1983, de estado civil soltero, de oficio taxista, domiciliado en la Urbanización Las Flores, Calle 01, Casa Nº.- 0917, Maturín Estado Monagas, Hijo de Juana Bravo (v) y de Régulo Fermín (v), titular de la cédula de identidad Nº.- V-17.722.357. Y GEORGE ELIAS TALISSE BERMUDEZ, venezolano, mayor de edad,  natural de Maturín Monagas, de 24 años de edad, nacido en fecha 05-10-1987 de estado civil soltero, de oficio estudiante, domiciliado en el sector la Manga, Calle la Florida, Casa sin número, Maturín Monagas, Hijo de Flor María Bermúdez (v) y de Elías Tahalíes (F) titular de la cédula de identidad Nº.- 18.079.135., por la presunta comisión del DELITO DE VIOLENCIA SEXUAL, tipo previsto en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre Los Derechos de las Mujeres A Una Vida Libre de Violencia  y . Así se decide.
 
 
Regístrese, publíquese y notifíquese. Déjese copia certificada. Remítanse urgentemente las presentes actuaciones a la Fiscalía Décima Quinta   del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, una vez cumplidos como hayan sido los trámites legales consiguientes. Y LÍBRENSE LOS RESPECTIVOS OFICIOS ANTES LOS CUERPOS POLICIALES y  DE SEGURIDAD DEL ESTADO MONAGAS. Y Así se decide.  Hágase lo conducente. Cúmplase.
 
 
 	Dado, sellado y firmado en el Despacho del Tribunal Primero de Control, Audiencia y Medidas con competencia en violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas. En Maturín, a los siete (7) días del mes de  Marzo  del año  2012.
 
LA  JUEZA
 
ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO 
 
 
EL SECRETARIO JUDICIAL 
 
 
ABG. JULIO CESAR GOMEZ 
 
 
 
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