REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, catorce de mayo de dos mil doce
202º y 153º



ASUNTO : VP01-S-2012-000297



Se dio por recibida diligencia constante de Acta Transaccional celebrada entre las partes ( oferente y oferido ) intervinientes en la presente causa, para resolver el Tribunal observa: Revisada como ha sido la transacción presentada, por la Sociedad Mercantil CONSORCIO TOYOMARCA SOCIEDAD ANONIMA (TOYOMARCA, S.A) , representada por su apoderada judicial GIKSA SALAS VILORIA e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado No 18.544, por una parte y por la otra, LEONARDO VASQUEZ , venezolano, portador de la cedula de identidad No 18.681.216, asistido por el abogado ejercicio, LUIS DUARTE , e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 72.738, donde la empresa le cancela al EXTRABAJADOR: , LEONARDO VASQUEZ, la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES ( Bs 40.000) mediante cheques , uno consignado en este tribunal y el otro entregado en este mismo acto. . El Oferido acepta recibirla, para cubrir todo y cada uno de los conceptos establecido en la presente causa, por lo que ambas partes tanto el oferente como el oferido solicitan que se homologue el acuerdo celebrado-. Este tribunal visto que la misma reúne los requisitos establecidos en el Parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; 10 y 11 de su Reglamento, por lo cual no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público. Este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Zulia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, HOMOLOGA TRANSACCION ENTRE LAS PARTES, , impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada. Este Tribunal da por terminado el presente asunto, y ordena el archivo definitivo del expediente. . Así se Decide.-


La Juez.

Abg. Marianela Bravo. La Secretaria