REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, TREINTA Y UNO DE MAYO DE DOS MIL DOCE.-

201º y 152º

Exp: 32.266
PARTES:

• DEMANDANTE: Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES TECNICAS C.A (CONTE C.A).-

• DEMANDADOS: JOSE ALFREDO LANZ LANZ e ISRAEL LANZ PINTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. 11.340.945 y 592.064, y de este domicilio.-

• MOTIVO: NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA.

Vista la transacción celebrada de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil del Código Civil, suscrita por el ciudadano FERNANDO MALAVE MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.363.071, debidamente asistido por el abogado en ejercicio ANDRES MARCANO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 99.967, parte demandante; y los ciudadanos FERNANDO JOSE MALAVE RODRIGUEZ y LUIS FERNANDO MALAVE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº 14.858.907 y 19.663.978, en su condición de terceros con igualmente la ciudadana JOHANNA DEL VALLE SALAZAR BLONDELL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.174.693, cónyuge del ciudadano Fernando Malave, asistidos por el abogado en ejercicio RONALD SALAZAR, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 101.332, y por otra parte los ciudadanos ISRAEL LANZ PINTO y JOSE ALFREDO LANZ LANZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. 592.064 y 11.340.945, asistidos por el abogado en ejercicio ODAR SAOR RENDON ORTIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 68.164, parte demandada, en el presente juicio por NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA, tiene incoado por ante este Tribunal, el primero contra el segundo de los nombrados y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derechos de ninguna de las partes y versa sobre derechos disponibles, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de sus partes y le da carácter de sentencia pasado con autoridad de cosa juzgada. Se ordena el archivo del presente expediente. Asimismo el Tribunal acuerda de conformidad. En consecuencia, desvuélvanse por secretaria previa certificación en autos los documentos originales solicitados.-





DR. ARTURO LUCES TINEO.
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL


LA SECRETARIA
ABOG. YOHISKA MUJICA




Exp: 32.266
Yosellys