REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 16 de Noviembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-005112
ASUNTO : NP01-P-2010-005112

Por recibido y visto escrito interpuesto por la ciudadana: MILEYDIS VELÁSQUEZ RODRÍGUEZ, en su condición de esposa del penado ciudadano: MAURICIO RAMÓN PIRELA, quien requiere a este Tribunal el traslado de su esposo al Internado Judicial del Estado Monagas y asimismo solicita se requiera información al Director del Internado Judicial del Estado Monagas a los fines de que informe al tribunal lo concerniente al traslado de su esposo, en atención a la solicitud planteada este tribunal previamente observa:


ÚNICO

De la revisión de las actuaciones se observa que el ciudadano: MAURICIO RAMÓN PIRELA, se encontraba recluido en el Internado Judicial del Estado Monagas, corroborándose del Listado emitido por la Dirección de ese centro de reclusión que efectivamente el penado de autos fue trasladado al Internado Judicial de Santa Ana del Estado Táchira.

Ahora bien cursa a las actuaciones solicitud incoada por la ciudadana: MILEYDIS VELÁSQUEZ RODRÍGUEZ, en su condición de esposa del penado ciudadano: MAURICIO RAMÓN PIRELA, quien requiere a este Tribunal el traslado de su esposo al Internado Judicial del Estado Monagas y asimismo solicita se requiera información al Director del Internado Judicial del Estado Monagas a los fines de que informe al tribunal lo concerniente al traslado de su esposo.

Cabe señalar que si bien es cierto la ciudadana: MILEYDIS VELÁSQUEZ RODRÍGUEZ, no es parte en el presente proceso , no es menos cierto que la misma funda su pretensión entre otros en la presunción de riesgo a la vida de su esposo, sin embargo por cuanto el derecho a la vida constituye una garantía de preeminencia constitucional, como lo es el derecho a la vida contenido en el articulo 43 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en tal sentido este Tribunal de oficio acuerda requerir el Director del Internado Judicial del Estado Monagas informe con CARÁCTER DE EXTREMA URGENCIA, los motivos por los cuales fue trasladado el ciudadano: MAURICIO RAMÓN PIRELA al internado Judicial de Santa Ana Estado Táchira y si tuvo o tiene conocimiento, que el penado de autos corre peligro en el internado donde fue enviado, en tal sentido este tribuna ACUERDA DIFERIR el pronunciamiento en de la presente solicitud hasta tanto se reciba información por parte del Director del Internado Judicial de Este Estado, con respecto a los motivos por los cuales fue trasladado el penado Mauricio Pirela al Internado Judicial Santa Ana del Estado Táchira. Y ASÍ SE DECLARA . Líbrese lo Conducente. Cúmplase.
LA JUEZA

ABG ROSMELYS ROJAS BARRETO.
LA SECRETARIA

ABG ROMINA TORO A.