REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturin, 14 de Noviembre de 2012
202º y 153º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2012-000127
ASUNTO : NP01-D-2012-000127
JUEZA DE EJECUCION: ABG. LILIAM LARA ANDARCIA
SECRETARIA: ABG. ZURIMAR SANDOVAL OCA
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
DELITO: ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTORIA
RESOLUCION: REVISIÓN DE LA MEDIDA


De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, este Tribunal procede a efectuar LA REVISION DE MEDIDA, que cumple el sancionado IDENTIDAD OMITIDA, de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de UN (01) AÑO, de conformidad con lo establecido en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el artículo 5 de La Ley sobre Hurto y Robo de vehículo automotor, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio de la victima RONALD JOSE COA SANCHEZ, observando lo siguiente:

En fecha 04 de Junio de 2012, se realizó la Ejecución de la sanción que debía cumplir el prenombrado sancionado, siendo impuesto en fecha 14/06/2012.

Asimismo, se recibió Informe presentado por el Departamento de Servicio Social, en el cual se evidencia que el joven inició sus presentaciones en fecha 14/06/2012, efectuándolas de manera responsable, no ha logrado reinsertarse en el Sistema Educativo, presenta una colostomia, lo que le impide realizar trabajos que ameritan fuerza física, labora en un puesto de llamada, siendo su pronostico favorable.

Se observa, que desde el día 14/06/2012 hasta el día de hoy 14/11/2012, el joven ha cumplido con la medida por el lapso de CINCO (05) MESES, Faltándole por cumplir SIETE (07) MESES.

Como quiera que el joven está cumpliendo con la sanción impuesta, se Mantiene la misma, a los fines de que continué recibiendo las herramientas necesarias para no volver a delinquir, reinsertarse a su familia y a la sociedad, y que comprendan el buen obrar que debe guiar sus actuaciones en la vida, y el pleno desarrollo de sus capacidades.

DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, por el lapso de UN (01) AÑO, quien ha cumplido con dicha medida por el lapso CINCO (05) MESES, Faltándole por cumplir SIETE (07) MESES. Impóngase del presente auto al sancionado. SE FIJA LA PRÓXIMA REVISION DE LA MEDIDA PARA EL DÍA LUNES 15 DE ABRIL DE 2013. Notifíquese al Fiscal Décimo Especializado del Ministerio Público y a la Defensor Público Especializado. Ofíciese y envíese Copia Certificada al Departamento de Servicio Social de esta Sección Penal de Adolescentes. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN,

ABG. LILIAM LARA ANDARCIA.-
LA SECRETARIA,

ABG. ZURIMAR SANDOVAL OCA.