REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SOTILLO, LIBERTADOR Y URACOA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO MONAGAS

Barrancas, 21 de Noviembre de 2012 2002º y 153º

Con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, queda establecido que en el presente juicio intervienen las presentes personas como partes y sus respectivos abogados.

EXPEDIENTE Nº 00836

DEMANDANTE: SOLIMAR KATERINE PALACIOS LEON, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.657.582, de este domicilio.-


MOTIVO: ACCION MERO DECLARATIVA DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-


En fecha 13 de Octubre de 2009, fue presentada solicitud por la ciudadana: SOLIMAR KATERINE PALACIOS LEON, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.657.582, y sus anexos respectivos y de este domicilio, la cual se admite por no ser contraria al orden público, de conformidad con lo establecido en el Artìculo 231 del Código de Procedimiento Civil, mediante auto dictado por este Tribunal de fecha 06 de Diciembre de 2011, cursante al folio 12 del presente expediente, ordenando publicar Cartel en un Diario de mayor circulación Regional.-En fecha 19 de Enero de 2012, (folio 14) comparece la ciudadana: SOLIMAR KATERINE PALACIOS LEON, asistida por el ciudadano: GREGORI JOSE GIL MALAVE, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 106.606., y consigna Publicación de edicto publicado en el Periódico El Sol de fecha 14-122011.-
Al folio 16 cursa auto Saneador de fecha 28-02-12, donde se ordena librar nuevamente Edicto.-

Al folio 18, cursa escrito del ciudadano Solymar Katherine Palacios León, asistida por el abogado Gregory Gil Malave, mediante el cual consigna las publicaciones del Edicto mencionado en autos publicados en el Periódico el Sol de Monagas.-

Al folio 37 cursa auto de fecha 12-06-12, en la cual se designa al ciudadano PEDRO LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº 8.929.101, Abogado en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 156.996, como defensor Judicial en la `presente causa ordenando su notificación.-

Al folio 39, cursa consignación realizada por el ciudadano LUIS GUSTAVO CARRUIDO BOTABAN, Alguacil titular de este Juzgado, quien consigna Boleta de Notificación debidamente firmado por el Abogado Pedro Lugo, Apoderado judicial en la presente causa.-

Al folio 42 cursa auto dictado por este Tribunal de fecha 27-09-12, en la cual se acuerda Reponer la causa al estado de Nombrar nuevamente defensor Judicial.-

Al folio 45 cursa escrito consignado por el Alguacil Titular de este Juzgado, ciudadano Luis Gustavo Carruido Botaban quien consigna Boleta de Notificación debidamente firmada por el Abogado en ejercicio Pedro Lugo, en su condición de Apoderado Judicial nombrado en la presente causa.-

Al folio 48, cursa contestación de la demanda, suscrito por el Abogado Pedro Lugo, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 8.929.101, en la cual solicita declare Sin lugar la presente acción e invoca el mérito favorable que surgen o puedan surgir de las actas, autos y demás elementos que forman el presente expediente.-

Por todos los razonamientos y consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado de los Municipios Sotillo, Libertador y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.-“Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley” declara: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana: SOLIMAR KATERINE PALACIOS LEON, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.657.582, de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio Gregori Gil, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 106.606, por ACCION MERO DECLARATIVA DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-y en consecuencia se declara a los ciudadanos: SOLIMAR KATERINE PALACIOS LEON, LOLISMAR KATHERINE PALACIOS LEON, ROLISMAR KATHERINE PALACIOS LEON, NOLISMAR JOSE PALACIOS LEON, CARLIS FRANCISCO PALACIOS LEON, BELKIS JOSEFINA PALACIOS CAMPOS Y YOLISMAR KATHERINE PALACIOS LEON, Únicos y Universales Herederos de quien en vida se llamara: JUAN FRANCISCO PALACIOS ROJAS.-

REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION EN EL COPIADOR DE SENTENCIA.-

Dado, firmado y sellado en la sala del Juzgado de los Municipios Sotillo, Libertador y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.-En Barrancas, a los Veintiún (21) días del mes de Noviembre del presente año (2012).- AÑOS: 202º de la Independencia y 153º de la Federación.-
El Juez,

Abog. Francisco Antonio Natera Castillo
La Secretaria,

Abog. Yaneth Josefina Natera Sánchez.

En esta misma fecha, siendo las 11:00 horas de la mañana, se registró y publicó la anterior sentencia.-