ACTA
N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2.012-1211

PARTE ACTORA: Ciudadano JOSE LUIS BASTARDO ZACARIAS, venezolano, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad n° 18.451.565.

APODERADO JUDICIAL: Abogado JUAN AZOCAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 91.657.

PARTE DEMANDADO: GRANJA AVICOLA CHICHI, C.A.

APODERADO JUDICIAL: Ciudadano JOSE GREGORIO NAVARRO, titular de la cédula de identidad n° 14.507.222, asistido del abogado AXEL TRUJILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 91.738-.

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy 27 de noviembre de 2012, siendo la oportunidad para que tenga lugar la prolongación de la audiencia Preliminar, comparecieron el abogado JUAN AZOCAR, en su carácter de apoderado judicial del accionante, también compareció el abogado AXEL TRUJILLO, en su carácter de apoderado judicial del demandado. Por una parte, la parte demandada expone: En virtud de la acción incoada por prestaciones sociales, manifiesta que le cancelen la cantidad de Bs.70.471,15. Por otra parte, luego de haber realizado los cálculos aritméticos en las diferentes audiencias, la parte demandada expone: la parte accionada expone: Aun cuando reconocemos la relación laboral y solo a los fines de concluir con el presente juicio, ofrezco la cantidad de Bs. 8.600,00, el cual será cancelado para el día 03 de diciembre de 2012. En este estado el apoderado judicial del demandante manifiesta la aceptación la propuesta realizada por la parte demandada. Las partes alegan que con este pago se abarca todos y cada uno de los descritos en esta en el escrito libelar y no queda ningún otro concepto de prestaciones sociales que se deba a la accionante. El Tribunal señala que las cantidades antes descrita debe consignarse por ante la Oficina de Control de Consignaciones de la Coordinación Laboral.
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL.
LA JUEZA

ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T.

LAS PARTES COMPARECIENTES.
EL SECRETARIO