REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturin, 11 de Octubre de 2012
202º y 153º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2010-000012
ASUNTO : NP01-D-2010-000012
JUEZ DE EJECUCIÓN: ABG. LILIAM LARA ANDARCIA
SECRETARIA: ABG. ZURIMAR SANDOVAL OCA
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
RESOLUCION: SE REVISA Y SE MANTIENE LA MEDIDA

De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, este Tribunal procede a efectuar LA REVISION DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA que cumple el sancionado IDENTIDAD OMITIDA, quien fue sancionado a cumplirla por el lapso de UN (01) AÑO, de conformidad con lo establecido en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO EN MENOR CANTIDAD DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del Artículo 31 de la extinta Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, haciéndolo en base a las siguientes consideraciones:

En fecha 27 de Abril de 2012, se realizó la Ejecución de la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas siendo impuesto de dicha decisión en fecha 07 de Mayo de 2012, iniciando sus presentaciones ante el Departamento de Servicio Social en esa misma fecha.

Ahora bien, en el día de hoy se recibió del Departamento de Servicio Social evolución conductual del sancionado IDENTIDAD OMITIDA, en la cual se evidencia que el joven a efectuado sus presentaciones de manera responsable, labora como obrero, permitiéndole cubrir sus necesidades y el de la concubina, quien está en estado de gestación, hasta ahora ha cumplido con las condiciones impuestas, siendo su PRONOSTICO FAVORABLE.

Es por lo que este Tribunal observa, que desde el día 07 de Mayo de 2012, hasta el día de hoy 11/10/2012, ha cumplido con la sanción impuesta por el lapso de CINCO (05) MESES Y CUATRO (04) DIAS, FALTÁNDOLE POR CUMPLIR SEIS (06) MESES Y VEINTISEIS (26) DIAS.

En base a todo lo expuesto, considera este Tribunal conveniente MANTENER LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, a los fines de continuar la finalidad de la sanción como es lograr su reinserción familiar y social.

DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de UN (01) AÑO, al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA plenamente identificado, de conformidad con lo previsto en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, quien ha cumplido con dicha medida por el lapso de CINCO (05) MESES Y CUATRO (04) DIAS, FALTÁNDOLE POR CUMPLIR SEIS (06) MESES Y VEINTISEIS (26) DIAS. Dicha medida es revisable de conformidad con el artículo 647 literal “h” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Impóngase del presente auto al sancionado. Se fija como fecha de la PRÓXIMA REVISIÓN EL DÍA VIERNES 11 de ENERO DE 2013. Notifíquese al Fiscal Décimo Especializado del Ministerio Público y a la Defensor Público Especializado. Ofíciese y envíese Copia Certificada al Departamento de Servicio Social de esta Sección Penal de Adolescentes. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN,

ABG. LILIAM LARA ANDARCIA.-

LA SECRETARIA,

ABG. ZURIMAR SANDOVAL OCA.-