REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 7 de Septiembre de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-003501
ASUNTO : NP01-P-2011-003501
Visto el escrito interpuesto por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta Sede Judicial Penal, en fecha 06-09 2012, , y recibido por este Tribunal en fecha 07-09-2012; por la defensora privada abg. MAELENYS CECILIA SALGAR BARRIOS, de la ciudadana imputada LILI WU , a quien se le sigue Asunto Penal por ante este Órgano Judicial por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES DE MEDIANA GRAVEDAD, y quien solicita de este Despacho le sea extendidas las presentaciones de su representada que ha venido cumpliendo, aduciendo entre otras cosa que su representada se encuentra residenciada y laborando en la Ciudad de valencia estado Carabobo, anexando las Constancia de residencia y Trabajo, así mismo solicita al tribunal se inste al representante de la Fiscalía del Ministerio Publico, a los fines de que presente los actos conclusivos y que dichas presentaciones sean realizadas por ante el Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo264 del Código Orgánico Procesal Penal .
Ahora bien, después de analizada dicha solicitud, y de la revisión dispensada a las actuaciones que conforman el Asunto in comento, se evidencia que la referida imputada cumple a cabalidad con las presentaciones impuestas por este Tribunal de Control en su oportunidad aunado a que han comparecido a los llamados de este Órgano Judicial, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA la solicitud de Extensión de las presentaciones a la ciudadana imputada LILI WU, de Cuarenta y Cinco (45) días a Sesenta (60) Días, por ante la oficina del alguacilazgo del Circuito Judicial Penal, con sede en la Ciudad de valencia del estado Carabobo, así mismo se acuerda Fijar Audiencia especial para fijar el lapso para que el representante Fiscal presente los actos conclusivos en el presente asunto para día Veintiséis (26) del Mes de septiembre del año 2012, a las 02:30 horas de la tarde, conforme al articulo 313 del Código orgánico Procesal Penal, se nombra correo Especial a la indicado ciudadana imputada para que presente el respectivo oficio al Circuito Judicial Penal, con sede en valencia estado Carabobo, donde cumplirá con sus presentaciones impuestas, considerándose Procedente lo requerido por la defensa Privada Abg. MARLENYS CECILIA SALGAR BARRIOS. Y así se decide. Líbrese Boleta de Notificación a las partes así como a la ciudadana imputada. Ofíciese a la dirección de alguacilazco del Circuito Judicial Penal del estado Monagas y estado Carabobo. En la sala del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Estado Monagas, a los Siete (07) días del Mes de Septiembre del año 2012. Cúmplase. Hágase lo conducente.
El Juez
ABG. LARRY JOSÉ ZULETA
El Secretario