REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE JUICIO

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2009-006911
ASUNTO : NP01-P-2009-006911

Yo, ANA FLORINDA ALEN GUATARAMA, titular de la Cédula de Identidad Número 10.659.203, en mi carácter de Jueza Quinto de Primera Instancia Penal en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, por medio de la presente declaro: Por distribución del Sistema de Gestión Documentación e Información Juris 2000, correspondió a este Tribunal conocer del asunto penal signada con el número NP01-P-2009-006911, seguido al acusado MAX VAN ANDRES BALGOBIN por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, y es el caso que al momento de celebrar la Audiencia de Juicio Oral y Público se observa al sistema juris decisión generada por mi persona, en desempeño de funciones como JUEZA de Primera Instancia Penal en Funciones de Control de fecha veintiséis (26) de Noviembre de 2009, que ameritó revisar todas y cada una de las actuaciones que conforman la fase investigativa del expediente, habiendo establecido un criterio sobre lo hechos objeto del asunto subjudice, es obvio, que mi capacidad subjetiva se vería comprometida para el momento en que tenga que resolver lo referente a la responsabilidad o no de los acusados ya mencionados, es por lo que de conformidad con lo previsto en el numeral 7° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 87 y 89 me INHIBO del conocimiento del presente asunto, como formalmente lo hago, en aras de la transparencia que debe existir en todo proceso y que siempre ha caracterizado mis actos, en consecuencia solicito al superior inmediato que la presente incidencia de Inhibición sea declarada con lugar.
Librese Oficio a la Unidad de Registro y Distribución de Asuntos Penales para la debida redistribución de la causa, de conformidad con lo establecido en el Artículo 97 del Código Orgánico Procesal Penal, así mismo se acuerda remitir la Incidencia de Inhibición con copia certificada de la aludida decisión, a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal para su debida tramitación. Maturín a los veintinueve (29) días del mes de abril de 2013. Hágase lo conducente.-

La Jueza,

Abg. ANA FLORINDA ALEN GUATARAMA.