REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturin, 24 de Abril de 2013
203º y 154º


ASUNTO PRINCIPAL : NV01-P-2012-000001
ASUNTO : NV01-P-2012-000001
JUEZA: ABG. LILIAM LARA ANDARCIA
SECRETARIA: ABG. DAUNYS MILLAN EVARISTE
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDAS
RESOLUCION: SE REVISA Y SE MANTIENE LA MEDIDA
DE LIBERTAD ASISTIDA


De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, este Tribunal procede a efectuar LA REVISION DE LA MEDIDA impuesta, al ciudadano IDENTIDAD OMITIDAS, quien fue sancionado a cumplir la Medida DE LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de UN (01) AÑO, de conformidad con el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, procediendo a decidir en los siguientes términos:
En fecha 10 de Febrero de 2012 se dicto auto de Ejecución de la sentencia dictada en contra del precitado joven en su oportunidad legal correspondiente, siendo impuesto de la Medida a cumplir en fecha 09 de Agosto de 2012.

Se observa entonces, que desde el día 18/08/2012 hasta el día 21/11/2012 el sancionado IDENTIDAD OMITIDAS, ha cumplido con la medida de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de TRES (03) MESES Y TRES (03) DIAS, faltándole por cumplir OCHO (08) MESES Y VEINTISIETE (27) DIAS.

Ahora bien, se recibió Informe emanado del Departamento de Servicio Social en el cual se evidencia que el sancionado IDENTIDAD OMITIDAS, efectúa las presentaciones de manera responsable, su reinserción a la sociedad ha sido lenta, ya que se le dificulta acatar normas y lineamientos, cuenta con el apoyo y orientación de la madre, se desempeña como ayudante de albañilería. Siendo su pronóstico FAVORABLE.

Se evidencia, que el joven hasta el día de hoy 24/11/2013 ha cumplido con la medida de Libertad Asistida por el lapso de OCHO (08) MESES Y SEIS (06) DIAS, faltándole por cumplir TRES (03) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS.

Como quiera que se evidencia que el joven IDENTIDAD OMITIDAS, ha comparecido a sus presentaciones, considera este Tribunal conveniente MANTENER LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, a los fines de continuar la finalidad de la sanción como es lograr su reinserción familiar y social.

DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA al ciudadano IDENTIDAD OMITIDAS, plenamente identificado, quien ha cumplido OCHO (08) MESES Y SEIS (06) DIAS, faltándole por cumplir TRES (03) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS. La presente medida es revisable de conformidad con el artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Se fija como fecha de la PRÓXIMA REVISIÓN EL DÍA MIERCOLES 21 DE AGOSTO DE 2013. Impóngase del presente auto al sancionado. Notifíquese al Fiscal Décimo Especializado del Ministerio Público y a la Defensor Público Especializado. Ofíciese y envíese Copia Certificada al Departamento de Servicio Social de esta Sección Penal de Adolescentes. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN,

ABG. LILIAM LARA ANDARCIA.-


LA SECRETARIA,

ABG. DAUNYS MILLAN EVARISTE.-