JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, VEINTIDOS DE ABRIL DEL DOS MIL TRECE.
203 º y 154º
DEMANDANTE: DIANA MARISOL ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.969.121, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.267, quien actúa en carácter de Endosataria en Procuración del ciudadano JOSE SANCHEZ SUBERO y de este domicilio.
DEMANDAD0: Sociedad Mercantil INDUSTRIAS METAL MECANICA MERIDA, C.A., en la persona de su presidente ciudadano EDUARDO ANTONIO RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.042.974 y de este domicilio.
MOTIVO. COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION).
Visto el anterior convencimiento de fecha 25 de Marzo del año 2013, efectuado por los ciudadanos: EDUARDO ANTONIO RIVAS, asistido por el Abogado en ejercicio MEYCKERD JOSE ABAD, de este domicilio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 93.963, parte demandada en la presente causa, y la ciudadana: DIANA MARISOL ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.969.121, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.267, quien actúa en carácter de Endosataria en Procuración del ciudadano JOSE SANCHEZ SUBERO y de este domicilio, parte demandante, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIIVL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento civil, le imparte su aprobación y homologa dicho CONVENIMIENTO en todas y cada una de su partes y en los términos acordados por los contendientes. Téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Publíquese, regístrese diarícese y déjese copia.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Maturín, a los veintidós (22) de Abril del año dos mil trece.-Años: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.-
Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
LA SECRETARIA,
ABOG. YOHISKA MUJICA.
EXP. 32.508
Eleczo…
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