REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MATURÍN

En horas del día de hoy, 11 de Abril de 2013, siendo las 2:00 p.m., se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en compañía del ciudadano ENRIQUE JESÚS GUTIÉRREZ, titular de la Cédula de Identidad N° 8.372.156, Representado por el Abogado CESAR VISO RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 28.654; en las instalaciones de la Alcaldía del Municipio Maturín del Estado Monagas, ubicada entre la avenida Bolívar y la Calle Azcúe de esta ciudad de Maturín del Estado Monagas. Constituidos en dicho sitio presente una persona quien se identificó como Jeanett Fariñas, titular de la cédula de identidad N° 9.896.453, en su carácter de Sindico Procurador de dicha Institución a quien se le notificó de la misión del Tribunal. Acto seguido la parte Ejecutante expone: “Solicito se de estricto cumplimiento a la comisión encomendada por el Tribunal de la causa, en tal sentido se proceda a la reincorporación del ciudadano ENRIQUE JESÚS GUTIÉRREZ a su puesto de trabajo como FISCAL II de Abastecimiento o a otro cargo de igual o superior jerarquía, y la cancelación de los salarios dejados de percibir desde su ilegal despido en fecha 08 de Noviembre de 2004, hasta su definitiva reincorporación; y se proceda al cálculo inmediato de los mismos”. Es todo. El Tribunal visto lo anterior ordena la reincorporación inmediata del ciudadano ENRIQUE JESÚS GUTIÉRREZ a su puesto de trabajo como FISCAL II de Abastecimiento o a otro cargo de igual o superior jerarquía, y el pago de los salarios dejados de percibir desde su ilegal despido en fecha 08 de Noviembre de 2004, hasta su definitiva incorporación; y se proceda al cálculo de los mismos de manera inmediata”. Acto seguido la notificada expone: “Acepto la reincorporación inmediata del Ciudadano ENRIQUE JESÚS GUTIÉRREZ, y en cuanto a los Salarios dejados de percibir se procederá a la revisión Presupuestaria para su cancelación; Igualmente se realizará de inmediato el Cálculo de los mismos”. No habiendo otros señalamientos se concluye el acto y se ordena el regreso a la sede del Tribunal, siendo las 3:00 p.m. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
Juez Titular, La Notificada, El Ejecutante,

La Secretaria Apoderado Judicial



Comisión N° 5927-13
FCC/mnv.