REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal
y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, 6 de agosto de 2013
203º y 154º

ASUNTO: VP01-L-2012-002173

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

En el día de hoy, 6 de agosto de 2013, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), día y hora fijados para la celebración de la Audiencia de Juicio en la causa signada con el No. VP01-L-2012-002173, contentiva de la causa que por reclamo de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, sigue el ciudadano ENMANUEL SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 15.531.594, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE Y SERVICIO NIKITA C.A.; estando presente en la Sala de Audiencias el ABG. SAMUEL SANTIAGO SANTIAGO, quien preside este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en su condición de Juez, en compañía de la ciudadana ABG. CARINELL LUCENA SALAZAR, en su condición de Secretaria, se procedió a dar inicio a la presente Audiencia de Juicio. Previo anuncio de Ley dado a viva voz a las puertas de esta Sala por parte del Alguacil correspondiente, se deja constancia que se encuentra presente el ciudadano FIDEL MARIN, titular de la Cédula de Identidad No. 7.625.752, quien tiene el carácter de Presidente y Representante Legal de la accionada, debidamente asistido por el ciudadano Abogado ANTONIO VILLASMIL, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 152.352; Asimismo se deja constancia de la incomparecencia del accionante, ciudadano ENMANUEL SUAREZ, ni por sí ni por medio de apoderado. Seguidamente, realizada la lectura de la presente Acta por la Secretaria de este Tribunal y de conformidad con lo previsto en el artículo 152 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el Juez de este Despacho ABG. SAMUEL SANTIAGO SANTIAGO, procede a declarar abierta la presente Audiencia de Juicio, haciendo la salvedad a las partes y al público en general que se encuentran presentes en esta Sala de guardar el debido orden. Igualmente, se advierte que la presente Audiencia tal como lo establece el artículo 162 de la misma Ley Adjetiva antes nombrada, será reproducida en forma audiovisual a través de los medios necesarios para tal fin. Así las cosas y vista la incomparecencia de la parte actora a la presente audiencia opera el desistimiento, conforme a las previsiones del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En tal sentido se reduce la decisión en cuanto a su dispositiva en los términos siguientes: Este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN en la causa seguida por el ciudadano ENMANUEL SUAREZ, en contra de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE Y SERVICIO NIKITA C.A., por reclamo de PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES; En consecuencia queda extinguida la causa. No procede la condenatoria en costas a la parte actora, esto conforme a las previsiones del artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal de Trabajo. Así se decide.

EL JUEZ TITULAR

SAMUEL SANTIAGO SANTIAGO

LOS PRESENTES

LA SECRETARIA

CARINELL LUCENA SALAZAR

En la misma fecha y estando presente en el lugar destinado para despachar el ciudadano Juez, se dictó y publicó el fallo que antecede quedando registrado bajo el No. 103-2013.

LA SECRETARIA

CARINELL LUCENA SALAZAR