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 República Bolivariana de Venezuela
 Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. Maturín, Cuatro (04) de Diciembre de Dos Mil Trece (2.013).
 
 203° y 154°
 
 
 A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se establece que en el presente juicio intervienen como partes y apoderados las siguientes personas:
 
 SOLICITANTE: AIDA BELEN CARVAJAL DE COVA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 2.747.516, domiciliada en San José de Periquito de Aguasay, Municipio Aguasay del estado Monagas.
 ABOGADO ASISTENTE: EDGAR J. OCHOA M., abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el N° 164.475, domiciliado en Aguasay, Municipio Aguasay del estado Monagas.
 ASUNTO: TITULO SUPLETORIO
 
 Sol. Nº  957-13
 
 UNICO
 
 Visto que en fecha Veintiocho (28) de Noviembre de Dos Mil Trece (2013), este Juzgado, mediante sentencia interlocutoria, procedió a dictar despacho saneador a la solicitud de título supletorio presentada por la ciudadana AIDA BELEN CARVAJAL DE COVA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 2.747.516, domiciliada en San José de Periquito de Aguasay, Municipio Aguasay del estado Monagas, debidamente asistida por el ciudadano EDGAR J. OCHOA M., abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el N° 164.475, domiciliado en Aguasay, Municipio Aguasay del estado Monagas, a fin que consignase por ante este Tribunal:  Carta de Adjudicación de Tierras emitida por el Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I.), Carta de Ocupación  del Consejo Comunal respectivo y así mismo identificara en la solicitud presentada la actividad agraria  en dicho terreno, y por cuanto no lo realizó dentro del lapso legalmente establecido para ello, y transcurrido el tiempo otorgado para subsanar,  son las razones por las cuales este Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, procede a Inadmitir la presente solicitud de Título Supletorio, en virtud de lo antes expuesto, se declara Terminada, e igualmente se ordena el Archivo de la misma.-
 
 Publíquese, Regístrese Y Déjese Copia.
 
 Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. En Maturín, a los Cuatro (04) días del mes de Diciembre del Dos Mil Trece (2.013),  Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
 La Jueza Provisoria,
 
 Abg. Sonia Arasme
 
 
 La Secretaria Temporal,
 
 Abg. Ana Sutil
 
 
 Sol Nº. 957-13
 SA/as/carlos n
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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