REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO MONAGAS
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, trece (13) de diciembre de 2013
203° y 154º

ASUNTO: NP11-L-2013-001313


Vista la diligencia de fecha 04 de noviembre de 2013, agregada al expediente al folio 17, y presentada por ante la Unidad de Recepción del Expedientes en fecha 04 de diciembre de 2013 en la que consta que compareció el ciudadano ISAAC GONZALEZ SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 26.533.301, quien actúa como parte actora, debidamente asistido por los abogados Milagros Rodríguez y Antonio Zapata inpreabogado Números 75.689 y 129.714 respectivamente, en la que expone que motivado a que llegó a un acuerdo con la entidad de Trabajo demandada, COMERCIAL EL CHINITO HE, y le pagó la cantidad de treinta y dos mil Bolívares, los cuales le fueron pagados mediante la emisión de dos cheques identificados con los números S-9206000945 , por la cantidad de Doce mil Bolívares (Bs. 12.000,00) y cheque N° S-9278000944, por la cantidad de Veinte Mil Bolívares (Bs.20.000,00) girados contra la cuenta corriente N° 0102-0596-45-0000007414, el cual fue recibido por el demandante ciudadano ISAAC GONZALEZ SANCHEZ, motivo por el cual desiste de la acción intentada contra la demanda y solicita la homologación del mismo.
Ahora bien vista la manifestación del demandante contenida en la misma diligencia, en la que declara su voluntad de aceptar la cantidad que le fue pagada por la demandada, por los conceptos demandados y que nada más tienen que reclamar por los conceptos pagados y en virtud de que el referido cheque fue recibido por el demandante en el mismo acto, y manifestó su conformidad con las cantidades señaladas, en la que de forma voluntaria y libre de coacción y en ejercicio de sus derechos laborales, es por lo que dándole estricto acatamiento a lo previsto en el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; artículos 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, Las Trabajadoras y los Trabajadores, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN al acuerdo en referencia y ordena tenerlo COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. Ordenando en este mismo acto el archivo del expediente y su remisión al Archivo Judicial.
LA JUEZA



ABG. MILADYS SIFONTES DE NESSI
SECRETARIO (A),