REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del estado Monagas
Maturín, 29 de Enero de 2013
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2009-001393
ASUNTO : NP01-P-2009-001393


Visto el escrito consignado en fecha 29 de enero 2013, por el ciudadano ABOGADO MANUEL VELASQUEZ, actuando en este acto como Defensa Privad del ciudadano: ANGEL LUIS SOTILLET BASTARDO, titular de la cédula de identidad Nº.- V- 10.306.506, quien informa a este Juzgado que su representado se encuentra detenido en el Retén de la Policía Socialista del Estado Monagas desde la fecha 05-08-2012, siendo aprehendido en el sector Alto Paramaconi de esta ciudad de maturín Monagas, en cumplimiento de la orden de aprehensión emanada de este Juzgado de fecha 18-09-2011, y que desde ese órgano policial hasta la presente fecha no se comunicó a este Tribunal; por lo que esta Juzgadora de la revisión minuciosa de las actas procesales verifica que efectivamente no existe constancia alguna de que el ciudadano: ANGEL LUIS SOTILLET BASTARDO, titular de la cédula de identidad Nº.- V- 10.306.506, haya sido capturado por funcionarios policiales y que se encontraba detenido en el Retén de la Policía Socialista del Estado Monagas desde la fecha 05-08-2012, siendo aprehendido en el sector Alto Paramaconi de esta ciudad de Maturín Monagas, en cumplimiento de la orden de aprehensión emanada de este Juzgado de fecha 18-09-2011, por lo que es importante para esta Juzgadora citar lo que dispone el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Primer Aparte.
El Estado garantizará una Justicia Gratuita, accesible, imparcial, u idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismo o reposiciones inútiles.
En tal sentido lo procedente y ajustado a derecho es ordenar el traslado para el día de mañana MIERCOLES 30 DE ENERO 2012, desde el Retén de la Policía Socialista del Estado Monagas, hasta la sede de este Juzgado, a fin de proveer lo solicitado conforme a derecho a las 8:30 horas de la mañana. Líbrese lo conducente y notifíquese a las partes.
DECISIÓN
Este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda UNICO: De la revisión minuciosa de las actas procesales verifica que efectivamente no existe constancia alguna de que el ciudadano: ANGEL LUIS SOTILLET BASTARDO, titular de la cédula de identidad Nº.- V- 10.306.506, haya sido capturado por funcionarios policiales y que se encontraba detenido en el Retén de la Policía Socialista del Estado Monagas desde la fecha 05-08-2012, siendo aprehendido en el sector Alto Paramaconi de esta ciudad de Maturín Monagas, en cumplimiento de la orden de aprehensión emanada de este Juzgado de fecha 18-09-2011, por lo que es importante para esta Juzgadora citar lo que dispone el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Primer Aparte: El Estado garantizará una Justicia Gratuita, accesible, imparcial, u idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismo o reposiciones inútiles. En tal sentido; lo procedente y ajustado a derecho es ordenar el traslado para el día de mañana MIERCOLES 30 DE ENERO 2012, DESDE EL RETÉN DE LA POLICÍA SOCIALISTA DEL ESTADO MONAGAS, HASTA LA SEDE DE ESTE JUZGADO, A FIN DE PROVEER LO SOLICITADO CONFORME A DERECHO A LAS 8:30 HORAS DE LA MAÑANA.
Cúmplase.
LA JUEZA PRIMERA DE CONTROL AUDIENCIA Y MEDIDAS

ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO

LA SECRETARIA JUDICIAL

ABGA. RAIZA CAROLINA MEJIA