El ciudadano CARLOS ENRIGUE SOTILLO JIMENEZ, titular de la cédula de identidad N° V.- 8.370.162, y domiciliado en la Población de Caicara, Municipio Cedeño del Estado Monagas, debidamente asistido por el Abogado JOEL FUENTES, en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 164.470, en fecha 16 de enero de 2013, demandó la inserción de su partida de nacimiento; expuso el solicitante en su escrito libelar lo siguiente: que nació el día 15 de Marzo de 1959 en la Población de Caicara, Municipio Cedeño del Estado Monagas; y que es hijo de los ciudadanos ROSA JIMENEZ Y RAMON SOTILLO; tal como consta en certificado de nacimiento y bautismo, que acompaña marcado con la letra “B”, que por un descuido involuntario de su Madre, ésta no cumplió con el requisito legal de su presentación por ante ninguna Autoridad de Registro Civil de la República Bolivariana de Venezuela; razón por la cual no aparece inscrito en el Libro de Registro de Nacimientos que se llevan por ante el Registro Civil del Municipio Cedeño del Estado Monagas, tal y como se demuestra de la certificación expedida por el Registro Civil del Municipio Cedeño del Estado Monagas, de fecha 19 de Diciembre de 2012; que acompañó marcadas “A”. El solicitante fundamentó su acción conforme a lo dispuesto en los Artículos 458 del Código Civil, y 151 de la Ley Orgánica de Registro Civil. Admitida la demanda en fecha 19 de Enero de 2013, se libró Edicto de emplazamiento a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo y manifiesto en el asunto, para que comparecieran en la oportunidad correspondiente a hacer oposición a la demanda, y se ordenó notificar al Fiscal Octavo del Ministerio Público del Estado Monagas. Posteriormente, en fecha 24 de Enero de 2013, compareció ante este Despacho el ciudadano CARLOS ENRIGUE SOTILLO JIMENEZ, y consignó un ejemplar del diario “La Prensa”, contentivo de la publicación del Cartel respectivo de fecha 24 de Enero de 2013. En fecha 05 de Febrero de 2013 se consigna boleta de notificación firmada por la Fiscal Octava del Ministerio Publico del Estado Monagas, el Tribunal en fecha 07 de Febrero de 2013 dejo constancia expresa que siendo la oportunidad correspondiente, no compareció ante este Despacho, persona alguna a hacer oposición a la solicitud, y en consecuencia, se abrió el respectivo lapso de pruebas. En fecha 07 de Febrero de 2013 el solicitante presentó su escrito de pruebas en el cual reprodujo el merito favorable de los autos y en especial las pruebas documentales que emerge de las constancias expedidas por la oficina de Registro Civil del Municipio Cedeño del Estado Monagas y certificado de nacimiento y bautismo, donde se evidencia que el solicitante no aparece inscrito en esos Registros; promovió la prueba testimonial de los ciudadanos PEDRO GENARO LARA Y EDGAR RAFAEL MEZA. Admitidas las pruebas en fecha 07 de Febrero de 2013, se fijó el tercer día de despacho siguiente, para oír las declaraciones de los testigos promovidos. Cumplidas las etapas del proceso y estando el Tribunal dentro del lapso legal para decidir, lo hace en base a las siguientes consideraciones: Primera: Una vez presentada y admitida la acción de INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano CARLOS ENRIGUE SOTILLO JIMENEZ, titular de la cédula de identidad N° V.- 8.370.162, y domiciliado en la Población de Caicara, Municipio Cedeño del Estado Monagas, no compareció persona alguna ante este Despacho a hacer oposición a la pretensión del solicitante; Segunda: Que de los recaudos que acompañan a la demanda, es decir, de las certificaciones expedidas por el Registro Civil Municipal del Municipio Cedeño del Estado Monagas y certificado de Nacimiento y Bautismo; se evidencia que la partida de nacimiento del ciudadano CARLOS ENRIGUE SOTILLO JIMENEZ, no aparece inserta en los libros de registro civil de nacimientos llevados por ante esa respectiva oficina. Siendo estos Documentos expedidos por funcionarios públicos que tienen la facultad para darle fe pública, este Tribunal los valora de conformidad con lo establecido en los Artículos 509 del Código de Procedimiento Civil y 1.357 del Código Civil. Tercera: con relación a las testimoniales rendidas por los ciudadanos PEDRO GENARO LARA Y EDGAR RAFAEL MEZA, considera este Tribunal que ambos fueron contestes en responder que conocen al ciudadano nacimiento del ciudadano CARLOS ENRIGUE SOTILLO JIMENEZ; que éste nació día 15 de Marzo de 1959 en la Población de Caicara, Municipio Cedeño del Estado Monagas, y que el solicitante es hijo de la ciudadana ROSA JIMENEZ; En tal sentido, se le otorga todo su valor probatorio.