REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal Monagas
Maturín, 18 de Febrero de 2013
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2011-002715
ASUNTO : NP01-S-2011-002715


Visto el escrito presentado por la ciudadana de la Defensa Pública Primera Especializada ABOGADA MARIA GONZALEZ de fecha 14 de febrero 2013, donde expone escrito de omisión fiscal “…actuando con el carácter de defensora del ciudadano ARGENIS ALEXANDER GOMEZ, titular de la cédula de identidad Nº.- V 16.697.598, a quien se le sigue causa por ante ese Juzgado, según actas procesales signada NP01-S-2011-002715, ocurro… se observa de la revisión de la presente… que mi representado en fecha 12 de septiembre 2011 hasta la presente fecha han transcurrido un lapso de un (1) año y cinco (5) meses y aun no han presentado el acto conclusivo como lo establece el artículo 79 de la ley Orgánica Sobre el Derecho que tienen las mujeres de vivir una vida libre de violencia, ni solicito la prórroga que establece el mencionado artículo, por todo lo antes expuesto; solicito se decrete la omisión fiscal de conformidad…. Con lo establecido en el artículo…, asimismo se sirva imprimir celeridad procesal, de acuerdo con lo que establece el artículo 26 Constitucional, en su segundo aparte y 257 Ejusdem…”.

Observa esta Juzgadora que en fecha 14 de septiembre 2011, el ciudadano ARGENIS ALEXANDER GOMEZ, titular de la cédula de identidad Nº.- V 16.697.598, fue presentado ante este Juzgado en fecha 14 de septiembre 2011, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre Los Derechos que tienen las mujeres a vivir una vida libre de violencia, en perjuicio de la ciudadana: MARIBEL VALDEZ VILLANUEVA ( datos resguardos en el cuaderno de víctima que cursa separadamente) y en fecha 6 de Diciembre 2011, La Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público en el Estado Monagas, presentó el acto conclusivo de la investigación en relación al presente Asunto Penal, estando en el lapso previsto tal como lo dispone el artículo 94 de la Ley “In Comento”, no existiendo omisión fiscal en la presente causa, Asimismo se verifica que la Audiencia Preliminar está fijada para la fecha 19 de Febrero 2013 a las 9:00 horas de la mañana. En consecuencia no existe OMISION FISCAL, y así se decide. Líbrese lo Conducente Notifíquese a la Defensora Pública Primera ABOGADA MARIA GONZALEZ y a la FISCALIA DECIMA QUINTA DEL MINISTERIO PUBLICO.
CUMPLASE.-

LA JUEZA PRIMERA DE CONTROL AUDIENCIA Y MEDIDAS
ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO

LA SECRETARIA JUDICIAL
ABGA. RAIZA CAROLINA MEJIA