En horas de despacho del día de hoy martes 05 de febrero de 2013, siendo 9:30 am, fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, para darle cumplimiento a la comisión N° 5453-13 conferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por DIVORCIO ORDINARIO sigue ZULAY DEL CARMEN MARTINEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-8.532.868 contra DANIEL JOSE LOZADA REINOSO, titular de la Cedula de Identidad Nº V-7.950.612 y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la sede de la GOBERNACION DEL ESTADO ZULIA, se procedió a notificar a VERONICA GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad Número V- 11.290.339 con el carácter de JEFE DE LA UNIDAD DE RELACION ES LABORALES, y a quién se impuso de la medida de embargo decretada en contra de la ciudadana ZULAY DEL CARMEN MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad Número V-8.532.868 como analista Central de Personal IV, al Servicio de la Gobernación del estado Zulia del Estado Zulia y quién expuso: “Me doy por notificada pero con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si la Ciudadana ZULAY DEL CARMEN MARTINEZ, parte demandada es trabajadora al servicio de esta Institución.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: Determinar sobre alguna acreencia a favor de esta Institución.- CUARTO: determinar si le han sido adelantadas prestaciones sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualesquiera otra situación que derive en relación a lo antes expuesto”. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADAS: A) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las prestaciones sociales; Fideicomiso y Caja de Ahorros, que le pueda corresponden a la ciudadana ZULAY DEL CARMEN MARTINEZ, plenamente identificada, como Analista Central de Personal IV, al servicios de la gobernación del Estado Zulia; a los fines de garantizar la COMUNIDAD DE BIENES GANANCIALES que existe entre los cónyuges.- Y ASÍ SE CONFIRMA dejando constancia que dicha cantidad embargada deberán remitirla en Cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, expediente No.13597.-. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ:

ABOG. GUILLERMO INFANTE
EL NOTIFICADO


LA SECRETARIA


5453-13