ACTA
N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2013-000195
PARTE ACTORA: Ciudadanos JESUS VILLALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° 9.895.607.
APODERADOS JUDICIALES : Abogados EDUARDO OVIEDO y KELLY VEGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.851 y 184.752.
PARTES DEMANDADOS: CUADROS Y CAÑUELAS MORAVI, C.A y SOLIDARIAMENTE A LA EMPRESA GRAMISER, C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE CUADROS Y CAÑUELAS MORAVI, C.A: Abogado CRUZ FEBRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 40.512.
APODERADOS JUDICIALES DE LA EMPRESA GRAMISER, C.A: NO COMPARECIO.

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy 08 de julio de 2013, siendo fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar, compareció el abogado EDUARDO OVIEDO, también compareció el abogado CRUZ FEBRES, en su carácter de apoderado judicial de la empresa CUADROS Y CAÑUELAS MORAVI, C.A. Se deja expresa constancia que la empresa LA EMPRESA GRAMISER, C.A, no se hizo presente mediante apoderados judiciales ni por intermedio de representantes estatutarios.
En virtud de la acción incoada por cobro de prestaciones sociales, el accionante manifiesta que le cancelen las cantidades de Bs. 67.414,73. Por otra parte, las partes demandada expone: A los fines de concluir con el presente juicio, ofrezco la cantidad de Bs. 15.000,00, pagaderos en un solo pago para el día 12 de julio de 2013. En este el apoderado judicial del demandante manifiesta la aceptación de la propuesta realizada por la parte demandada. Ambas partes declaran que con este pago se abarca todos y cada uno de los conceptos demandados y los que pudiere haber generado, no quedando ningún otro concepto por prestaciones sociales. El Tribunal señala que las cantidades antes descritas objeto del acuerdo transacción, deben consignarse por ante la Oficina de Control de Consignaciones de esta Coordinación Laboral.
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con los Artículos 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Trabajadoras y Trabajadores da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL.
LA JUEZA
ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T.

LAS PARTES COMPARECIENTES.
EL SECRETARIO