REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 19 de Julio de dos mil Trece
203º y 154º

(SIFD:DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. ART130 LOPT)

N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2012-000769
PARTE ACTORA: SIMON OROZCO HERNÁNDEZ (NO HIZO ACTO DE PRESENCIA EN LA INSTALACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR).
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ASISTIO.
PARTE DEMANDADA: GERENCIA 2000, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DORIS ZABALETA
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy 19 de Julio de dos mil Trece, siendo las10:00 A.M., día y hora fijada para que tuviera lugar la PROLONGACIÓN Audiencia Preliminar en el presente juicio, seguido por el ciudadano SIMON OROZCO HERNÁNDEZ en contra de la Sociedad Mercantil GERENCIA 2000, C.A., por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES. Se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadano SIMON OROZCO HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.242.994, no compareció a la realización de la INSTALACIÓN de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, se deja constancia igualmente que hace acto de presencia el abogado en ejercicio DORIS ZABALETA, Inscrito en el IPSA N°31.452, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada GERENCIA 2000, C.A., según consta de copia certificada de Poder que riela a los autos folios 75 y 76 del expediente, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con sede en la ciudad de Maturín, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Dada, firmada y sellada, en la ciudad de Maturín, a los 19 días del mes de Julio de 2013. Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
La Jueza Titular,


Abg. YISSEIN LÓPEZ
El Secretario (a)

Abg.
La apoderada judicial de la demandada